La justicia condenó al ex senador del PJ, Mario Yedro

La justicia entendió que Yedro es autor material penalmente responsable de un hecho constitutivo del delito de usurpación, cometido en perjuicio del Estado. Se indicó que el ex legislador "deshonró" su paso por la función pública. El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Nogoyá, a cargo del Dr. Miguel Ernesto Ramos, dio a conocer la sentencia de la causa "Yedro, Mario Alberto S/ Usurpación", donde se lo investigaba por haber desconocido una orden de desalojo en perjuicio del Estado provincial.Cuando fue condenado por enriquecimiento ilícito, en los tribunales concordiense se ordenó el decomiso de tres fracciones rurales en el departamento Tala, pero Yedro las siguió explotando sin acatar la sentencia judicial.Como ya tenía una condena de tres años en suspenso, sumando este segundo fallo el juez Ramos decidió "condenarle a la pena única y total de cuatro años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo". Si bien todavía queda una instancia de apelación, el fallo especifica que la condena debe cumplirse en la cárcel de Gualeguay.En las 22 fojas del fallo, el Dr. Miguel Ernesto Ramos, con la asistencia de la Secretaria Dra. Silvina Díaz Ortiz, estableció que el ex senador justicialista por el departamento Concordia "es autor material penalmente responsable de un hecho constitutivo del delito de usurpación, cometido en perjuicio del Estado Provincial según se le atribuye en autos".El magistrado cito en su fallo que "no puede soslayarse, por obvia, la sentencia condenatoria dictada el día 16 de diciembre de 2005 por la ex Sala en lo Penal de Concordia, confirmada por la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia y denegado el recurso de hecho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la pena de tres años de prisión en forma condicional". Por lo que "se está claramente ante un supuesto de los previstos en el primer párrafo del art. 27 del Código Penal, en que el sujeto deberá cumplir o sufrir la impuesta en la primera condenación con la que corresponda por la segunda, conforme con lo dispuesto sobre acumulación de penas".Por ese motivo, el juez Ramos de Nogoyá decidió establecer "la pena única y total de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales (comprensiva de la impuesta en la sentencia N° 93 dictada por la Sala en lo Penal de Concordia el día 16 de diciembre de 2005, cuya condicionalidad se revoca) de conformidad a los arts. 5, 9, 12, 27, 40, 41, 45, 58 y 181 inc. 1 del Código Penal".En sus considerandos, el magistrado destacó que Mario Alberto Yedro presenta sus facultades psíquicas normales, con "plena capacidad de culpabilidad", destacando que con sus trabajos "gana lo suficiente como para vivir dignamente", por lo que "la miseria o la dificultad de ganarse el sustento no han sido los motivos que lo llevaron a delinquir". "Pocos atenuantes"Un conjunto de agravantes que dejan "muy pocos atenuantes a la conducta del sujeto, por el contrario, su alto nivel intelectual y cultural, su bienestar económico, la oportunidad de haber sido ungido en altas responsabilidades públicas -las que deshonró- implican que debió motivarse en la norma con mayor conocimiento y responsabilidad que una persona media".En la sentencia también se remarca que una vez que la misma quede firme, "se librará orden de captura", para que el ex senador Mario Alberto Yedro cumpla sentencia con "alojamiento en la Unidad Penal de la ciudad de Gualeguay".A partir de conocida la sentencia, la defensa de Yedro cuenta con un plazo de 10 días para apelar en Casación.Yedro fue concejal Justicialista de Concordia, interventor de Obras Sanitarias y senador provincial durante dos períodos, 1987-1991, y 1996-1999. Tiempo este último donde su patrimonio creció de manera exuberante, indica Diario Río Uruguay.
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