CAUSA POR VIOLACIÓN DEL DNU
La Justicia Federal sobreseyó a la directiva de Juventud Unida luego del pago de $72.000
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El juez federal Hernán Viri, firmó el sobreseimiento de la comisión directiva del club Juventud Unida luego de efectivizarse el pago de los $ 72.000 como "reparación integral por el daño ocasionado" ante la violación de un DNU.
Aunque tiene fecha del 5 de octubre, el jueves pasado fue firmado el sobreseimiento de la comisión directiva de Juventud Unidad luego de que hubieran sido investigados, juzgados y condenados por la causa que se formó con motivo de la violación al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presidencial que prohibía las reuniones sociales en espacios cerrados en todo el territorio nacional. Según informaron desde el Juzgado Federal, entre todos los acusados abonaron un pago de $72.000 como reparación integral por el daño ocasionado, “por lo que se declaró extinguida la acción penal y en consecuencia se los sobreseyó". El monto será destinado a las arcas del Hospital Centenario, que los destinará a combatir la pandemia. El juez federal de Gualeguaychú Hernán Viri dictó resolución en base a la presentación realizada por la Fiscal Federal Subrogante, Dra. María Josefina Minatta y el Dr. Jaime Martínez Garbino, en la que solicitaron que se "homologue el acuerdo al que habían arribado ambas partes por la reparación integral del perjuicio causado, en el que Lucio Martín Benítez, Felipe Martínez Garbino, Marisa Yabrán, Silvio Picullo, Leonardo Martínez, Iván Gómez, Jésica Stringa, Juan Hermann, Duilio Ferrari, Laura Garra, Adela Savoine, Maira García, Octavio Almada, Cristian Gómez, José Fonseca, Leonel Brajús, Cristian Lonardi y Ramiro Cruz, como miembros de la Comisión Directiva del Club Deportivo Juventud Unida, se comprometieron a donar la suma total de 72 mil pesos al Hospital Centenario de esta Ciudad" El artículo 59 del Código Penal -inciso 6- indica que la acción penal se extinguirá: "Por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes". La causa Todo comenzó en septiembre pasado, cuando fueron citados a declarar los miembros de comisión directiva de Juventud Unida luego de que se denunciara el incumplimiento del DNU presidencial que no permite las reuniones presenciales. En esa ocasión, el magistrado expresó a ElDia que “en una diligencia, personal de Gendarmería secuestró el libro de actas correspondiente a Juventud Unida, donde se da cuenta de las reuniones virtuales que se han realizado, pero no da cuenta de la reunión que en principio estamos investigando. Tenemos también material de las cámaras de seguridad del lugar y de vecinos del gimnasio de básquet que aportaron imágenes para constatar quien entró y salió del lugar, además solicitamos a las empresas de telefonía celular que nos envíen las celdas de los miembros de la Comisión Directiva, para poder identificar el lugar en donde se encontraban en el momento de la reunión que es motivo de investigación”. Asimismo, Viri había sostenido que “también tenemos conocimiento de que tanto el presidente Lucio Benítez como el miembro de Comisión Directiva, Iván Gómez, han reconocido en distintos medios la realización de la reunión de Comisión Directiva, que en principio sería un hecho violatorio del DNU que impide la realización de las reuniones sociales. En virtud de esas pruebas, procedí a citar a estas dos personas a prestar declaración indagatoria, en función del Artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación”.
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