La Justicia resolvió absolver a Martínez de la imputación de abuso sexual a Otero
El Tribunal consideró que la investigación de la causa había sido deficiente y por lo tanto no estuvo acreditada la materialidad del ilícito que se le reprochó a Ezequiel Martínez. Por otra parte, se lo condenó a tres meses de prisión condicional por el delito de lesiones leves y en ese marco deberá cumplir reglas de conducta. Carlos Riera Tal como estaba estipulado, se dio lectura ayer a la sentencia del caso de María Fernanda Otero contra Ezequiel Martínez, imputado de abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves, por el hecho ocurrido en febrero de 2012, en una casa del Camino de la Costa.Luego de los alegatos escuchados la semana pasada, donde el Ministerio Público Fiscal y la querella habían solicitado 7 años de prisión efectiva para el acusado, el Tribunal encabezado por Alicia Vivian y secundado por Arturo Dumón y Mariano López, le dio la razón al abogado defensor Pablo Di Lollo y absolvió a Martínez de la imputación más grave, por considerar que no estaba acreditada la materialidad del hecho.Con respecto a la imputación por las lesiones leves, los jueces lo consideraron responsable y condenaron a tres meses de prisión de cumplimiento condicional. Para ello deberá respetar reglas de conducta durante ese lapso de tiempo, como ser mantener un domicilio estable y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes."No me esperaba ni más ni menos que lo que resolvió el Tribunal", señaló el abogado defensor en diálogo con Diario ElDía tras conocerse el dictamen judicial y respaldó la decisión de los jueces alegando que "faltaban pruebas objetivas como para fundar una condena en base a la certeza plena"."El Tribunal meritó gran parte de lo que sostuve en el alegato", dijo Di Lollo y cuestionó que "la otra parte había descansado en la denuncia y en el informe psicológico". El penalista fue claro en su alegato y luego de conocerse el fallo que "el material probatorio que se adjuntó en el expediente ponía en crisis parcialmente todo aquello que giraba en base al supuesto abuso sexual con acceso carnal" y que "la versión del imputado había sido diametralmente opuesta a la de la denunciante, porque la de Martínez no varió en comparación con las tres declaraciones de la víctima".Para Di Lollo, Fernanda Otero "incorpora nuevas circunstancias y altera otras en su discurso, y por sobre todo - en el juicio oral - sobredimensionó en forma notable algunas circunstancias". Por último, agregó que "había orfandad probatoria notablemente marcada". La otra caraPor el lado de la querella, el abogado representante de Fernanda Otero, Fabián Otarán, fue determinante en su opinión sobre el fallo, al que consideró como "incongruente", y señaló que se hizo una apreciación "subjetiva y fragmentaria de la prueba, volviendo a descalificar y revictimizar a María Fernanda innecesariamente, tratándola de mentirosa y reprochando a la fiscalía y la querella que no producimos más prueba"."El caso lo presentamos correctamente, con todas las pruebas que había sobre el hecho. Además el acusado lo reconoció. Dijo que las relaciones fueron consentidas. Pero cuando miramos la persona que supuestamente prestó ese "consentimiento", nos encontramos con una persona molida a golpes. ¿Qué consentimiento pudo haber prestado en esas circunstancias una mujer indefensa? Y para más incongruencia, el Tribunal sí condenó por estas lesiones. Son lesiones que contribuyeron a vencer la resistencia y soportar los ultrajes", opinó el querellante.También señaló a ElDía que "es verdad que la Policía actuó pésimo y que fue tres días después a buscar pruebas a la casa donde ocurrieron los hechos. Godoy, médico legista, fue el único de ocho profesionales que no escuchó hablar de violación y no consignó heridas que los otros profesionales sí encontraron. En esto hay que acabar con el amiguismo y los nombramientos políticos, y hay que designar profesionales serios y responsables, con amor a lo que hacen y convicción al trabajo".Otarán manifestó que este fallo "crea un funesto precedente en estos casos y que las pruebas de las violaciones, ocurridas las mayorías de las veces en la clandestinidad, sin testigos, en adelante será una prueba imposible de cumplir".
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