La Milagrosa: recuperan la trama vial en Bolívar y en Asisclo Méndez
En el marco de la Emergencia Vial, la secretaría de Obras y Servicios Públicos trabajó en la zona de La Milagrosa, en la calle Bolívar, San Vicente de Paul y Gervasio Méndez, Martinez Paiva entre Bvd. Daneri y Hernández, y Asisclo Méndez en la zona del Hipódromo. En las calles se realizaron repasos, rellenos, y bacheos con broza para eliminar los pozos. En los próximos días se trabajará en distintas calles de la zona norte de la ciudad.Al respecto de los trabajos iniciados, Federico Villanueva, secretario de Obras y Servicios Públicos, sostuvo: "A partir de lo dispuesto por el intendente Juan José Bahillo personal y la maquinaria de la secretaría comenzó a trabajar a partir de un relevamiento realizado en la ciudad, en las zonas más complicadas" y agregó: "Hemos tenido inconvenientes importantes en cuanto a cortes de calles y roturas por el poco escurrimiento del agua debido a las intensas lluvias" y agregó: "Con la declaración de la emergencia vial se nos habilita administrativamente con el sistema de compras, para tener más accesibilidad en cuanto a la adquisición del alquiler de máquinas y la compra de materiales de insumos como ripio arenoso, broza material de aporte para restituir las calzadas de calles de tierra".Desde hace dos semanas, y a partir de la firma del decreto 244/14 del Departamento Ejecutivo Municipal , la secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Gualeguaychú realizó un relevamiento de las calles de la ciudad, su estado, las urgencias y prioridades, y comenzó a realizar diferentes trabajos.La norma le otorga la facultad a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos "a disponer de todas aquellas medidas necesarias tendientes a resolver la situación de emergencia declarada, pudiendo afectar primordialmente la totalidad de sus recursos humanos y materiales. Por consiguiente, en el artículo 3° se establece la "afectación hasta la suma de 1 millón de pesos para atender les necesidades de materiales, herramientas, insumos y servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos demande en el marco de la emergencia". Mientras que en el artículo 4°, se autoriza a la Secretaría de Economía y Hacienda a ejecutar el gasto.
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