La municipalidad entregó a la Facultad de Bromatología equipos de control ambiental
La Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable municipal entregó el viernes a la Facultad de Bromatología de la UNER, equipos e instrumental que permiten la determinación de diversos compuestos orgánicos volátiles, como plaguicida, orgánicos clorados (entre ellos los PCB de los transformadores, dioxinas y furanos, hidrocarburos, etc.).Se dio cumplimiento al Convenio Marco de Colaboración Institucional firmado días atrás entre la Municipalidad de Gualeguaychú, representada por el intendente, Juan José Bahillo, y la Facultad de Bromatología.Noelia Indart, directora del área, informó que "los equipos son analíticos, de laboratorio, que estarán a disposición de la Municipalidad para realizar estudios ambientales y van a ser puestos en marcha y a punto por la Facultad".Consideró que se trata de equipos "de alta tecnología, a los que se les puede dar usos múltiples y su fin es el de realizar monitoreos ambientales", y aclaró que personal de la Municipalidad será capacitado por los docentes de la Facultad para que pueda utilizar los equipos.
El convenio indica en su primera cláusula, que la Municipalidad y la Facultad de Bromatología "suscriben el presente convenio con la finalidad de instalar en los laboratorios montados en el domicilio de la Facultad, el equipamiento de propiedad de la Municipalidad".Incluye un cromatógrafo de gases (GC) modelo Clarus 600, con tres detectores: un detector de masas (MS) modelo Clarus 600 T; un detector de microcaptura electrónica (microECD) y un detector de ionización de llama (FID) y accesorios. Un espectrofotómetro ultravioleta-visible, modelo Lambda 25 y accesorios. Un espectrómetro de masa con plasma inductivamente acoplado, modelo ELAN 9000 ICP-MS y accesorios, todos de la empresa Perkin Elmer y accesorios.En el segundo punto del acuerdo, se especifica que "dichos equipos serán utilizados en el desarrollo, puesta a punto y validación de metodologías de estudio y análisis ambientales que encomiende la Municipalidad y, pudiendo la Facultad realizar servicios a terceros y/o trabajos de investigación, teniendo en cuenta lo acordado en la cláusula quinta del Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, y siempre que la prestación de dichos servicios y/o trabajos de investigación, no obstaculicen ni resientan la realización de los estudios y/o análisis ambientales que fueren encargados y/o requeridos por la Municipalidad a la Facultad".Unidad EjecutoraEn el convenio se deja establecido que la municipalidad podrá instalar en la Facultad equipos, materiales y consumibles necesarios para el buen funcionamiento de los equipos citados en la cláusula primera, conforme lo determine la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Gualeguaychú.La nómina de determinaciones, períodos de tiempo y cantidad de las mismas, que las partes pretendan realizar con el equipamiento indicado en la cláusula primera, deberá especificarse y definirse mediante un protocolo específico.
En tanto, a fin de materializar la finalidad del presente convenio, se acuerda la creación de una Unidad Ejecutora, que estará integrada por el Área de Vinculación Tecnológica y el Sector de Servicios a Terceros de la Facultad, nombrando a María Viviana Genaro en su representación, y Noelia Indart por el municipio.
El convenio indica en su primera cláusula, que la Municipalidad y la Facultad de Bromatología "suscriben el presente convenio con la finalidad de instalar en los laboratorios montados en el domicilio de la Facultad, el equipamiento de propiedad de la Municipalidad".Incluye un cromatógrafo de gases (GC) modelo Clarus 600, con tres detectores: un detector de masas (MS) modelo Clarus 600 T; un detector de microcaptura electrónica (microECD) y un detector de ionización de llama (FID) y accesorios. Un espectrofotómetro ultravioleta-visible, modelo Lambda 25 y accesorios. Un espectrómetro de masa con plasma inductivamente acoplado, modelo ELAN 9000 ICP-MS y accesorios, todos de la empresa Perkin Elmer y accesorios.En el segundo punto del acuerdo, se especifica que "dichos equipos serán utilizados en el desarrollo, puesta a punto y validación de metodologías de estudio y análisis ambientales que encomiende la Municipalidad y, pudiendo la Facultad realizar servicios a terceros y/o trabajos de investigación, teniendo en cuenta lo acordado en la cláusula quinta del Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, y siempre que la prestación de dichos servicios y/o trabajos de investigación, no obstaculicen ni resientan la realización de los estudios y/o análisis ambientales que fueren encargados y/o requeridos por la Municipalidad a la Facultad".Unidad EjecutoraEn el convenio se deja establecido que la municipalidad podrá instalar en la Facultad equipos, materiales y consumibles necesarios para el buen funcionamiento de los equipos citados en la cláusula primera, conforme lo determine la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Gualeguaychú.La nómina de determinaciones, períodos de tiempo y cantidad de las mismas, que las partes pretendan realizar con el equipamiento indicado en la cláusula primera, deberá especificarse y definirse mediante un protocolo específico.
En tanto, a fin de materializar la finalidad del presente convenio, se acuerda la creación de una Unidad Ejecutora, que estará integrada por el Área de Vinculación Tecnológica y el Sector de Servicios a Terceros de la Facultad, nombrando a María Viviana Genaro en su representación, y Noelia Indart por el municipio.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios

