
La devolución se hará en la próxima factura. Las empresas del servicio en todo el país aplicaron un incrementó de un 18% pese a que no podían hacerlo. En Gualeguaychú hay numerosos reclamos en Defensa del Consumidor. Desde el jueves pasado comenzaron a llegar los reclamos telefónicos y personales a la oficina de Defensa del Consumidor municipal, a cargo de Pablo Luciano. Se trataba de un incremento que rondaba el 18% violando una normativa a nivel nacional emitida por la Comisión de Defensa de la Competencia.En diálogo con Radio Cero y Diario El Día, Luciano explicó que esta norma está vigente y es para proteger el mercado y sobre todo al consumidor y de esta manera evitar macro acuerdos entre las empresas. Las especulaciones de este modo quedarían de lado, sino "estaríamos pagando 200 o 300 pesos de cable", expresó.Por su parte, la Comisión de Defensa de la Competencia intimó y sancionó a la empresa Cablevisión por concretar un aumento tarifario no reglamentado.Mediante la resolución N° 13, emitida el 02 de Febrero y publicada en el Boletín Oficial el día 5, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia ordenó el reintegro de los incrementos que hayan sido cobrados por servicios de televisión paga con posterioridad a haber sido notificada la resolución N° 8 del mismo organismo.En este sentido, cabe recordar que la resolución N° 8 establecía que las empresas de televisión por abono pago debían abstenerse de realizar incrementos en sus servicios por el término de 60 días; medida cautelar de cumplimiento obligatorio y que según se expresa en la posterior resolución, las firmas "no cumplieron" por "cuestiones meramente administrativas". La implementación de la medidaPor tanto, quienes en caso de haber cobrado un incremento de los servicios de televisión paga con posterioridad a haber sido notificada la resolución N° 8 de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia con fecha 21 de enero de 2010, deberán devolver los mismos en las facturas que los usuarios abonen en el mes de Marzo de 2010.En caso de que hayan cobrado los incrementos en dos períodos, la devolución deberá ser imputada en las liquidaciones de los meses de Marzo y Abril de 2010 respectivamente a través de notas de crédito o descuentos en los precios finales.Las firmas afectadas por la medida son Cablevisión S.A. y sus sociedades controladas; Directv Argentina ; Telecentro S.A.; Supercanal S.A.; Red Intercable S.A. y cada uno de sus integrantes, todos y cada uno de los socios de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) y de la Cámara de Cableoperadores Independientes (CCI). Los fundamentosEntre los fundamentos que se expresan en la resolución N° 13, se deja saber "que los hechos reseñados podrían estar sugiriendo la existencia de lo que en el derecho de la competencia se denomina "cartel de núcleo duro" que en muchas legislaciones constituye infracción "per se", es decir, que no requiere que se pruebe la existencia de un daño al interés económico general, en virtud de la magnitud del daño que genera el mismo". Es decir que la Comisión debe actuar preventivamente ante la posible existencia de una infracción a la Ley de Competencia, ya que "nada sugiere que los incrementos mencionados en los insumos del servicio de televisión paga puedan explicar los incrementos en los precios, y menos aún el patrón temporal en el que se establecen". RECUADROQué debemos hacerSi el cable llegó con aumentos, el consumidor debe dirigirse con las fotocopias de las dos últimas boletas (para constatar el incremento) y radicar el reclamo en la oficina de Defensa del Consumidor. Se trata de un trámite sencillo que no lleva más de quince minutos según explicó Pablo Luciano.Desde esta Dirección se recomienda pagar la boleta con el aumento, y luego la empresa Cablevisión le devolverá al usuario el dinero. Esto es, según expresó Luciano, "para evitar males mayores".Finalmente, la normativa nacional cumplió su objetivo y la empresa no pudo concretar un aumento no reglamentado que atentaba una vez más, contra el bolsillo de los usuarios.