
Se recomienda al vecino que antes de adquirir un lote consulten en la dirección de Catastro de la Municipalidad
La Municipalidad de Larroque informó a los vecinos que se encuentra en plena vigencia la Ordenanza N° 044/2010 sobre subdivisión de tierras. Es por esto que recomienda que antes de adquirir un lote consulten en la dirección de Catastro de la Municipalidad, en las inmobiliarias o con los profesionales de su confianza.En lo que va del año 2012 desde el Municipio se han aprobado seis loteos lo que hace que se agreguen al mercado inmobiliario unos ochenta lotes aproximadamente.Los vecinos deben informarse antes de realizar una operatoria de este tipo entendiendo que el ciudadano debe comprar con claridadEn la Ordenanza N° 044/2010 se destaca que cuando en las tierras a dividir, descontadas las superficies de la vía pública (avenidas, calles, ochavas, pasajes peatonales) quede un área libre superior a 4.000 m2 (cuatro mil metros cuadrados), se debe donar a la Municipalidad gratuitamente y libre de gastos de escrituración para el donante, para reserva, una superficie del terreno equivalente al 10% (diez por ciento) de dicha área libre.Fijase como línea de edificación en las esquinas de calles y pasajes las ochavas correspondientes, que serán perpendiculares a la bisectriz del ángulo que forman las líneas municipales. Estas ochavas deberán tener un ancho no menor de 2,50 mt (dos metros con cincuenta centímetros) tomados de los encuentros de las líneas municipales. En casos especiales podrá autorizarse un ancho menor, siempre que a juicio del Concejo Deliberante de lugar el caso.En todo fraccionamiento donde se proyecten avenidas, calles, pasajes u otras vías de circulación deben proveerse la ejecución de obras de alumbrado y energía eléctrica, agua corriente, abovedado, alcantarillado si fuera necesario y afirmado de calles, asegurando la transitabilidad de las vías de acceso al inmueble a fraccionar y de las calles interiores y cloacas.También deberá asegurarse la continuidad de las calles proyectadas y en el caso de que los propietarios linderos no dieran su conformidad a los fines establecidos anteriormente, se proyectará la continuidad de las mismas, especificándolas como espacios libres.Previamente a la presentación de los fraccionamientos donde se proyectan avenidas, calles, pasajes u otras vías de circulación, el profesional debidamente autorizado para estos trabajos, debe presentar una solicitud para que el Departamento Ejecutivo, en base a los informes del Concejo Deliberante, se expida sobre la factibilidad o no de los mismos.