REVÉS JUDICIAL
Las razones por las cuales Nahir Galarza seguirá condenada a perpetua
La Sala Penal rechazó el planteo de la defensa de la joven condenada por el crimen de Fernando Pastorizzo. No se convalidó el planteo de violencia de género.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio a conocer este miércoles, a través del servicio de información judicial del máximo cuerpo judicial entrerriano, los fundamentos por los que se rechazó la impugnación extraordinaria presentada oportunamente, por los abogados defensores de Nahir Galarza. La audiencia para hacer la lectura de los fundamentos de la Sala Penal se iba a realizar en el mediodía del pasado 06 de abril, pero debido al aislamiento social y obligatorio dicha sesión se suspendió. En el extenso documento de 18 páginas, el magistrado Daniel Carubia expone los argumentos por los cuales el Tribunal considera improcedente otorgar el recurso extraordinario. A dicha argumentación adhirieron vocales Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mizawak. Recurso rechazado en marzo En marzo pasado, la Sala Nº1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) había resuelto no hacer lugar a la impugnación extraordinaria presentada por el abogado José Esteban Ostolaza, defensor de Nahir Galarza, en la causa "Homicidio Calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja". Galarza fue condenada a prisión perpetua tras habérsela encontrado culpable por haber matado a Fernando Pastorizzo, en Gualeguaychú, en diciembre de 2018. La resolución fue dictada por el Tribunal integrado por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak. El recurso extraordinario ante la Sala Penal Nº1 que fue rechazado había sido presentado contra la sentencia dictada el 3 de julio de 2019 por la Sala Nº II de la Cámara de Casación Penal de Concordia, que rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa respecto del pronunciamiento del 24 de julio de 2018, emanado del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, a través del cual se la condenó a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de Homicidio Calificado, por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja.
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