Ley de Medios: Con mucho de dictadura pero más de hipocresía
PREÁMBULO ENGAÑOSO
Su texto está precedido de 25 carillas con tal rosario declamatorio, que hace suponer una sincera inspiración democrática. Se basa en el comparativo con la ley de la dictadura, usado en los pocos foros de debate sin texto, fuera del Congreso.
[email protected]á no hubo. Con el palabrerío de las constituciones modernas, cacareando libertad, pluralismo, participación, democracia, federalismo y república, sin excluir el derecho humano universal a la libertad de información y expresión, de la Convención Americana de Derechos Humanos (pág. 3). El proyecto nos viene a liberar de una norma dictatorial. ¿Raro, no? hace 25 años recuperamos la Democracia y no se habían dado cuenta. La Señora y el marido tampoco: en 2007 renovaron por 10 años las licencias y hasta aprobaron fusiones oligopólicas sin chistar.Según ese prólogo, el proyecto devuelve la libertad de expresión que limita la ley actual, y en la autoridad de aplicación de ésta. hay militares, servicios de inteligencia y empresarios ¡qué susto! En la autoridad de aplicación de la democracia, aparece al final sepultado entre las minorías, el P. Ejecutivo ¡cuánto recato! Agrega que la del proceso era centralista y antidemocrática, en tanto este proyecto asegura un rol principal al Congreso y sus minorías. Ya se vio en el debate.Pero al recorrer la extensa norma, nos cuesta diferenciarla de la dictadura. Ahí está la hipocresía: se proclaman postulados engañosos que nada tienen que ver con el articulado. Ante un gobierno que atribuye a los medios -que maltrata y agrede - la culpa de sus males, su articulado debería ser muy claro en limitar toda posibilidad de manipulación. Por el contrario, abundan facultades omnímodas, órganos centralizantes y acumulación de poderes. Los ausentes son la Democracia y el Federalismo.
SIN PLURALIDAD NI FEDERALISMO
Por desconocerse la numeración reformulada, nos guiaremos por la de origen. El art. 10 engaña desde el título, cuando instituye una autoridad federal que en realidad es unitaria. El art. 12 otorga a la autoridad "federal" -inc. a- la facultad de interpretar ese texto, tratado de apuro y lleno de oscuridades. Además de dictarse su propio reglamento, ella misma -inc. c- elabora las normas técnicas sobre las cuales luego va a revisar las licencias cada 2 años. Otorga las habilitaciones y aprueba el inicio de las transmisiones -inc e-; elabora los pliegos para adjudicar ella misma los servicios -inc f- otorga y declara la caducidad de las licencias -inc j- con control judicial posterior; aplica las sanciones por incumplimiento de la Ley, sus reglamentaciones y actos administrativos (inc. m); declara la ilegalidad de las estaciones -inc n- modifica los parámetros de una licencia -inc q-; registra y habilita al personal técnico y de locución (¡) de las emisoras -inc t-, entre otras facultades. Finalmente lo más grave: los arts. 57 y ss establecen un control de los contenidos tan férreo y discrecional como el de la dictadura. Se aniquila así la proclamada libertad de expresión. ¿Y el Tratado de Costa Rica?Por el art. 14, la autoridad de aplicación será un Directorio de 7 miembros. Engañosamente redujeron los del P. E. de 3 a 2, pero al suplirlos por los de otro órgano con mayoría propia, controla en realidad 5 de 7 miembros. Todo un artilugio para encubrir el unicato; ya conocemos, por el Consejo de la Magistratura, la práctica de los Kirchner en asegurarse mayorías para manipular órganos.Tendrá delegaciones en el interior, pero quien quiera instalar una FM en Ibicuy, dependerá de Bs. As., como con la dictadura. Pues bien, ese organismo asegurado con candado, acumula todas esas facultades. Para disimularlo, aparece en compensación, un Consejo "Federal" (art. 15) cuya composición garantiza su dependencia: representantes de gobiernos provinciales, de medios públicos, sindicatos, ONG y de Universidades Nacionales, que ahora usan para tareas insalubres: Indec, Laboratorio de Control de Medios o dictámenes sobre antenas. Pero aún así y por las dudas, sus facultades (incisos a a j del art. 17) se agotan en: proponer, apoyar, promover, contribuir, aportar, nada que signifique decidir o resolver. Tal es la mimetización con las dictaduras, que nos recuerda la Ley 17.245 de Universidades dictada por Onganía. Mientras su art. 5 proclamaba la autonomía, al enumerar sus competencias, todas eran con permiso del P. Ejecutivo. Lo mismo para Comisión Bicameral (art. 18) con que simula una división de poderes: proponer, evaluar, receptar, pero sin tocar nada. El Defensor del Público, que no tendrá poder real (recomienda, propone, canaliza, art. 19) es designado por el PE -al que debe controlar- a propuesta de la subordinada Bicameral, otra especialidad de los Kirchner.
DE TRES PATAS
Hay tres tipos de prestadores. Uno de gestión estatal y dos de gestión privada, con o sin fines de lucro. En principio, el Ejecutivo controlaría la estatal, pero la norma le permitirá dominar - lo hará- una porción del espectro superior al monopolio que dice desarticular. Es decir: lo cambia de lugar, agravado. El art. 38 limita las licencias múltiples. En 2007se renovaron por 10 años, pero por el 152, las que excedan la nueva pauta las pierden ¡al año de vigencia! con lo que se liberarán muchas frecuencias del sector privado, que quedarán disponibles. En un paso siguiente, fácil será adjudicarlas con pliegos arreglados -hay buena práctica- a empresarios amigos. Porque se excluyó a las telefónicas, pero el confuso art. 31 habilita a empresas de obras públicas, adjudicatarias del Estado, como si no tuvieran igual incompatibilidad: un habilidoso canje. El copamiento de ese sector ya está en el horizonte. Para que el dominio sea pleno- tienen vocación al todo- resta el sector privado no lucrativo. Sin pautas concretas, y como la pluralidad no está en los usos, esa franja de emisoras la reservan para sindicatos amigos, agrupaciones piqueteras o de indígenas (a quienes les quitan los DNI para hacerlos votar) con apoyo -condicionante- de la pauta publicitaria.Estas suposiciones no son imaginarias. Es el modelo de Santa Cruz y Venezuela: silenciar toda voz independiente para que se escuche una sola.Camuflado bajo el marco de una ley cuyo trámite legislativo -incluidas alteraciones al dictamen- ya nos preanuncia su uso. Que nos concierne a todos.Hasta el domingo. Si Dios quiere
Su texto está precedido de 25 carillas con tal rosario declamatorio, que hace suponer una sincera inspiración democrática. Se basa en el comparativo con la ley de la dictadura, usado en los pocos foros de debate sin texto, fuera del Congreso.
[email protected]á no hubo. Con el palabrerío de las constituciones modernas, cacareando libertad, pluralismo, participación, democracia, federalismo y república, sin excluir el derecho humano universal a la libertad de información y expresión, de la Convención Americana de Derechos Humanos (pág. 3). El proyecto nos viene a liberar de una norma dictatorial. ¿Raro, no? hace 25 años recuperamos la Democracia y no se habían dado cuenta. La Señora y el marido tampoco: en 2007 renovaron por 10 años las licencias y hasta aprobaron fusiones oligopólicas sin chistar.Según ese prólogo, el proyecto devuelve la libertad de expresión que limita la ley actual, y en la autoridad de aplicación de ésta. hay militares, servicios de inteligencia y empresarios ¡qué susto! En la autoridad de aplicación de la democracia, aparece al final sepultado entre las minorías, el P. Ejecutivo ¡cuánto recato! Agrega que la del proceso era centralista y antidemocrática, en tanto este proyecto asegura un rol principal al Congreso y sus minorías. Ya se vio en el debate.Pero al recorrer la extensa norma, nos cuesta diferenciarla de la dictadura. Ahí está la hipocresía: se proclaman postulados engañosos que nada tienen que ver con el articulado. Ante un gobierno que atribuye a los medios -que maltrata y agrede - la culpa de sus males, su articulado debería ser muy claro en limitar toda posibilidad de manipulación. Por el contrario, abundan facultades omnímodas, órganos centralizantes y acumulación de poderes. Los ausentes son la Democracia y el Federalismo.
SIN PLURALIDAD NI FEDERALISMO
Por desconocerse la numeración reformulada, nos guiaremos por la de origen. El art. 10 engaña desde el título, cuando instituye una autoridad federal que en realidad es unitaria. El art. 12 otorga a la autoridad "federal" -inc. a- la facultad de interpretar ese texto, tratado de apuro y lleno de oscuridades. Además de dictarse su propio reglamento, ella misma -inc. c- elabora las normas técnicas sobre las cuales luego va a revisar las licencias cada 2 años. Otorga las habilitaciones y aprueba el inicio de las transmisiones -inc e-; elabora los pliegos para adjudicar ella misma los servicios -inc f- otorga y declara la caducidad de las licencias -inc j- con control judicial posterior; aplica las sanciones por incumplimiento de la Ley, sus reglamentaciones y actos administrativos (inc. m); declara la ilegalidad de las estaciones -inc n- modifica los parámetros de una licencia -inc q-; registra y habilita al personal técnico y de locución (¡) de las emisoras -inc t-, entre otras facultades. Finalmente lo más grave: los arts. 57 y ss establecen un control de los contenidos tan férreo y discrecional como el de la dictadura. Se aniquila así la proclamada libertad de expresión. ¿Y el Tratado de Costa Rica?Por el art. 14, la autoridad de aplicación será un Directorio de 7 miembros. Engañosamente redujeron los del P. E. de 3 a 2, pero al suplirlos por los de otro órgano con mayoría propia, controla en realidad 5 de 7 miembros. Todo un artilugio para encubrir el unicato; ya conocemos, por el Consejo de la Magistratura, la práctica de los Kirchner en asegurarse mayorías para manipular órganos.Tendrá delegaciones en el interior, pero quien quiera instalar una FM en Ibicuy, dependerá de Bs. As., como con la dictadura. Pues bien, ese organismo asegurado con candado, acumula todas esas facultades. Para disimularlo, aparece en compensación, un Consejo "Federal" (art. 15) cuya composición garantiza su dependencia: representantes de gobiernos provinciales, de medios públicos, sindicatos, ONG y de Universidades Nacionales, que ahora usan para tareas insalubres: Indec, Laboratorio de Control de Medios o dictámenes sobre antenas. Pero aún así y por las dudas, sus facultades (incisos a a j del art. 17) se agotan en: proponer, apoyar, promover, contribuir, aportar, nada que signifique decidir o resolver. Tal es la mimetización con las dictaduras, que nos recuerda la Ley 17.245 de Universidades dictada por Onganía. Mientras su art. 5 proclamaba la autonomía, al enumerar sus competencias, todas eran con permiso del P. Ejecutivo. Lo mismo para Comisión Bicameral (art. 18) con que simula una división de poderes: proponer, evaluar, receptar, pero sin tocar nada. El Defensor del Público, que no tendrá poder real (recomienda, propone, canaliza, art. 19) es designado por el PE -al que debe controlar- a propuesta de la subordinada Bicameral, otra especialidad de los Kirchner.
DE TRES PATAS
Hay tres tipos de prestadores. Uno de gestión estatal y dos de gestión privada, con o sin fines de lucro. En principio, el Ejecutivo controlaría la estatal, pero la norma le permitirá dominar - lo hará- una porción del espectro superior al monopolio que dice desarticular. Es decir: lo cambia de lugar, agravado. El art. 38 limita las licencias múltiples. En 2007se renovaron por 10 años, pero por el 152, las que excedan la nueva pauta las pierden ¡al año de vigencia! con lo que se liberarán muchas frecuencias del sector privado, que quedarán disponibles. En un paso siguiente, fácil será adjudicarlas con pliegos arreglados -hay buena práctica- a empresarios amigos. Porque se excluyó a las telefónicas, pero el confuso art. 31 habilita a empresas de obras públicas, adjudicatarias del Estado, como si no tuvieran igual incompatibilidad: un habilidoso canje. El copamiento de ese sector ya está en el horizonte. Para que el dominio sea pleno- tienen vocación al todo- resta el sector privado no lucrativo. Sin pautas concretas, y como la pluralidad no está en los usos, esa franja de emisoras la reservan para sindicatos amigos, agrupaciones piqueteras o de indígenas (a quienes les quitan los DNI para hacerlos votar) con apoyo -condicionante- de la pauta publicitaria.Estas suposiciones no son imaginarias. Es el modelo de Santa Cruz y Venezuela: silenciar toda voz independiente para que se escuche una sola.Camuflado bajo el marco de una ley cuyo trámite legislativo -incluidas alteraciones al dictamen- ya nos preanuncia su uso. Que nos concierne a todos.Hasta el domingo. Si Dios quiere
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