Ley de obras públicas provincial
Sin duda, el más significativo de los artículos que el legislador pretende incluir en la norma mencionada, es la obligatoriedad para aquellas empresas que participen de una licitación pública, de presentar un estudio de impacto ambiental preliminar a la ejecución de la obra.
En su proyecto, sostuvo que: “en los pliegos de condiciones de una licitación para realizar una Obra Pública financiada con fondos Provinciales, Nacionales o Internacionales, se deben incorporar los Términos de Referencia Ambientales para que las empresas oferentes confeccionen un informe preliminar de Impacto Ambiental de la obra a realizarse. Los costos de dicho informe correrán por cuenta del oferente, debiendo ser estos presentados en el sobre de la Propuesta Técnica teniendo carácter de declaración jurada”.
Otros de los artículos sugeridos por el senador Melchiori señala que: “Una vez adjudicada la Obra, la firma adjudicataria deberá presentar, antes del inicio de las Obras una Evaluación de Impacto Ambiental, donde constara los Impactos, su remediación y las actividades de Monitoreo. Debiéndose estos ser evaluados y aprobados por la repartición gubernamental y los Municipios o Juntas de Gobierno comprendidas en la obra”. Prensa legislador
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