EMERGENCIA SANITARIA
Los Boliches deberán permanecer cerrados: los bares y restaurantes trabajarán limitados

Se suman medidas preventivas por el coronavirus, acorde a lo establecido en los artículos 5º y 6º del decreto 985/2020.
Según lo establece el decreto de emergencia sanitaria que firmó el intendente Martín Piaggio, en adhesión al decreto provincial, la actividad en el sector de los locales bailables será nula, mientras que bares y restaurantes podrán abrir al 50% de su capacidad y tomando una serie importante de recaudos, como ubicar las mesas y sillas garantizando un metro de distancia entre las personas. Los decretos: ARTÍCULO 5º.- ESTABLECIMIENTOS. CATEGORÍAS. Suspéndase durante el plazo de treinta (30) días contados a partir del dictado del presente Decreto, la apertura de locales con actividades de Categorías Tipo “A”, “B”, “D” y “E”. ARTÍCULO 6º.- ESTABLECIMIENTOS. CATEGORÍAS Las Categorías “C” podrán tener funcionamiento en el cincuenta por ciento (50%) de su máxima capacidad. Debiendo continuar con sus actividades con disponibilidad de espacio adecuado que asegure una distancia mínima entre personas de un metro (1). (Ejemplo: sillas libres entre personas). Además, se debe garantizar las condiciones generales de higiene y las medidas recomendadas para prevención de infecciones respiratorias.
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