Los cuentos de nunca acabar
Sr. Director: Todos los años, para estas fechas, en distintos medios periodísticos se da la novedad sobre los elementos indispensables que debemos llevar en nuestro vehículo, para circular por la provincia de Buenos Aires.Pero siempre se informan algunas cosas mal, por ejemplo: no es cierto que se deba llevar los comprobantes de los 3 últimos pagos del impuesto automotor, como así tampoco en los vehículos particulares poseer un maletín de primeros auxilios. No es obligatorio, no existe una normativa de tránsito que así lo indique.El ciudadano radicado fuera de los límites de la provincia de Buenos Aires, cuando ingrese a ella no sabe o no conoce que las normativas de aplicación en las vías públicas están sometidas a la jurisdicción provincial. Por ende, esas personas se encontrarían con un "Código" que difiere en varios aspectos con la legislación imperante en su lugar de origen.Las rutas nacionales y/o autopistas, en el ámbito de la provincia se rigen por la normativa bonaerense, por lo que la Prefectura y la Policía Federal, no serían autoridades competentes en lo referente al tránsito.Los requisitos para la circulación serían: con documento de identidad para cuando lo requiera la autoridad policial; con Licencia para Conducir vigente y que habilite al manejo del automotor que se conduce; con comprobantes de seguro (responsabilidad civil) y VTV vigentes en el momento de circulación para los vehículos radicados en la Pcia.de Bs.As. y con la correspondiente Tarjeta Verde del automotor. Para el titular, no tiene vencimiento; para otros, vence a los 2 años de la fecha que posea la tarjeta. En su defecto, puede llevar la Tarjeta Azul o una autorización ante Escribano Público, del propietario al conductor. Eduardo BonanniD.N.I. 5.221.921Mar del Plata
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