Los diputados aprobaron la capitalización de la Energía
En la 21° sesión ordinaria del 134° período legislativo, los diputados dieron media sanción a la ampliación de la capitalización de la empresa Energía de Entre Ríos (Enersa). En la anteúltima sesión del año, volverán a deliberar el 17 de diciembre, los legisladores que integran la Cámara baja provincial votaron varias iniciativas sobre tablas y en bloque.Uno de los proyectos del Ejecutivo que fue sancionado fue la capitalización de Enersa, que había tomado estado parlamentario en la sesión del 5 de noviembre pasado.La iniciativa amplía la capitalización de la firma hasta la suma de 168.640.138 de pesos, como monto adicional al establecido mediante la ley 9.998, "con destino a la ejecución de las obras del sector eléctrico referenciadas en el Convenio Marco para el Desarrollo del Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica en Entre Ríos", celebrado entre el ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y la provincia.Además, los diputados aprobaron el proyecto de ley del legislador Rubén Almará (Recuperación Peronista), que propone la regulación de la tenencia, el uso, la comercialización y el depósito de la pirotecnia.El paranaense expresó a AIM su satisfacción por la aprobación de la iniciativa, y admitió que "estaba obsesionado por el compromiso asumido cuando comencé mi tarea como legislador, donde hice público mi compromiso con toda la sociedad. Este proyecto no solo pretende cuidar a los animales, sino también a las personas que están enfermas, en geriátricos o en centros asistenciales, que padecen para las fiestas el uso que otros hacen de la pirotecnia".Aunque aceptó que todavía no habló con los senadores para que se dé rápido tratamiento a la ley, opinó que sería loable que la Cámara alta trabajara la iniciativa "lo antes posible".El proyecto en cuestión explica que "se entiende por artificio pirotécnico a todo artefacto destinado a producir efectos visibles, audibles o mecánicos, mediante la utilización de mecanismos de combustión o explosión" y aclara que "la comercialización de artificios pirotécnicos de venta libre puede efectuarse en todo comercio de venta, habilitado por la autoridad competente y bajo las normas de seguridad establecidas, no requiriéndose permiso especial ni ampliación de actividad"."La comercialización de artificios de venta controlada o de alto poder sin riesgo de explosión en masa, se deberá realizar en locales que reúnan las condiciones establecidas por la autoridad de aplicación de la ley 20.429", detalla.También prohíbe la comercialización a menores de 16 años y personas en estado de ebriedad evidente, además de "la exhibición y/o comercialización de artificios pirotécnicos, cualquiera sea su uso o clasificación, en la vía pública o en forma ambulante".
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