
Ayer a las once se realizó la reunión destinada a informar sobre diversos aspectos de la probation. Se trata de la reforma introducida en 1994 al Código Penal por la Ley Nacional 24.316, que permite a los autores de delitos leves, cuya pena de reclusión o prisión no exceda de 3 años, la suspensión del juicio a prueba -e ahí su nombre- comprometiéndose en enjuiciado, entre otras condiciones, a cumplir las tareas comunitarias que le asigne la justicia. En tales casos, se evita la condena que le podría corresponder.Como se sabe, la aplicación de esta figura al caso Toledo, ocurrido en esta ciudad, del cual resultó la muerte de una persona, ocasionó un fuerte rechazo de parte de familiares de víctimas de ese y otros delitos, quienes se agrupan en la Asociación Civil por Verdad y Justicia (ACIVERJU).En el salón interno del edificio de la Caja Forense, estaban los vocales de la Cámara de Apelaciones de esta ciudad, Dres. Gustavo Britos, Oscar Delrieux y Ana Clara Pauletti; la Jueza Correccional de esta jurisdicción Dra. Alicia Vivian; la Delegada Judicial de Probation, Dra. Margarita Viccari; el representante del Colegio de Abogados, Dr. Enrique Zapata; el Intendente Juan José Bahillo; el Obispo Diocesano Monseñor Jorge Lozano, el Diputado Nacional electo Atilio Benedetti y la Concejal Haydee Venturino.Se hicieron presentes varios integrantes de Aciverju, como Pedro y Fátima Jiménez, Miguel Gandolfo, Mónica Blanco, Gisella y Daniela Toledo, Celia Pareyra, Nicolás Alippi, Evangelina Jara y Hugo Sosa entre otros.Además de los medios de prensa, estuvieron presentes, algunos abogados, como los Dres Pedro Van Den Dooren, Daniel A. Polito Grané y Amelia Angerosa de Céspedes. No estaba presente ningún Agente Fiscal, funcionario de Policía ni otros legisladores.La Dra Alicia Vivian explicó ampliamente el funcionamiento y condiciones de la probation. Luego tuvo lugar un extenso diálogo con numerosas preguntas, tanto de parte de las víctimas de delitos, como de los abogados presentes. La parte sustancial de las preguntas y respuestas versó sobre la interpretación del art. 76 del Código Penal. El texto de esa norma excluye de esa posibilidad legal, los casos cuya pena prevista es la de inhabilitación.Esta norma ha tenido diversas interpretaciones. Una de ellas, entiende que la exclusión de ese beneficio sólo cuadra en los casos en que la inhabilitación es la única pena prevista. En el caso Toledo, ocurrido en nuestra ciudad, al no ser la inhabilitación la única pena prevista, sería aplicable entonces la probation, según la interpretación que siguen los tribunales de esta Provincia, conforma a la jurisprudencia sentada por el Superior Tribunal de Justicia.Vivian explicó que de acuerdo a esa interpretación sólo cabe excluir a los delitos en que han intervenido funcionarios públicos, como surge del texto expreso de la Ley. Y que para llegar a otros resultados, p. ej., la exclusión de la probation en todos los casos delitos que prevén inhabilitación, sea que concurra o no con otra pena, se requería la reforma del Código Penal, que es una ley de la Nación.Luego siguió un largo diálogo sobre otros aspectos de ese instituto legal que se prolongó hasta cerca de las 13.LOS JUECES INFORMARON SOBRE LA PROBATIONAyer a las once se realizó la reunión destinada a informar sobre diversos aspectos de la probation. Se trata de la reforma introducida en 1994 al Código Penal por la Ley Nacional 24.316, que permite a los autores de delitos leves, cuya pena de reclusión o prisión no exceda de 3 años, la suspensión del juicio a prueba - e ahí su nombre- comprometiéndose en enjuiciado, entre otras condiciones, a cumplir las tareas comunitarias que le asigne la justicia. En tales casos, se evita la condena que le podría corresponder.Como se sabe, la aplicación de esta figura al caso Toledo, ocurrido en esta ciudad, del cual resultó la muerte de una persona, ocasionó un fuerte rechazo de parte de familiares de víctimas de ese y otros delitos, quienes se agrupan en la
Asociación Civil por Verdad y Justicia (ACIVERJU).En el salón interno del edificio de la Caja Forense, estaban los vocales de la Cámara de Apelaciones de esta ciudad, Dres. Gustavo Britos, Oscar Delrieux y Ana Clara Pauletti, la Jueza Correccional de esta jurisdicción Dra. Alicia Vivian, la Delegada Judicial de Probation, Dra. Margarita Viccari, el representante del Colegio de Abogados, Dr. Enrique Zapata, el Intendente Juan José Bahillo, el Obispo Diocesano Monseñor Jorge Lozano, el Diputado Nacional electo Atilio Benedetti y la Concejal Haydee Venturino de Alarcón. Se hicieron presentes varios integrantes de Aciverju, como Pedro y Fátima Jiménez, Miguel Gandolfo, Mónica Blanco, Gisella y Daniela Toledo, Celia Pareyra, Nicolás Alippi, Evangelina Jara, y Hugo Sosa entre otros.Además de los medios de prensa, estuvieron presentes, algunos abogados, como los Dres Pedro Van den Dooren, Daniel A. Polito Grané y Amelia Angerosa de Céspedes. No estaba presente ningún Agente Fiscal, funcionario de Policía ni otros legisladores.La Dra Alicia Vivian explicó ampliamente el funcionamiento y condiciones de la probation. Luego tuvo lugar un extenso diálogo con numerosas preguntas, tanto de parte de las víctimas de delitos, como de los abogados presentes. La parte sustancial de las preguntas y respuestas, versó sobre la interpretación del art. 76 del Código Penal. El texto de esa norma excluye de esa posibilidad legal, los casos cuya pena prevista es la de inhabilitación. Esta norma ha tenido diversas interpretaciones. Una de ellas, entiende que la exclusión de ese beneficio sólo cuadra en los casos en que la inhabilitación es la única pena prevista. En el caso Toledo, ocurrido en nuestra ciudad, al no ser la inhabilitación la única pena prevista, sería aplicable entonces la probation, según la interpretación que siguen los tribunales de esta Provincia, conforma a la jurisprudencia sentada por el Superior Tribunal de Justicia.Vivian explicó que de acuerdo a esa interpretación sólo cabe excluir a los delitos en que han intervenido funcionarios públicos, como surge del texto expreso de la Ley. Y que para llegar a otros resultados, p. ej., la exclusión de la probation en todos los casos delitos que preven inhabilitación, sea que concurra o no con otra pena, se requeríría la reforma del Código Penal, que es una ley de la Nación.Luego siguió un largo diálogo sobre otros aspectos de ese instituto legal que se prolongó hasta cerca de las 13 hs.