PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY PROVINCIAL N°10.746
Los juicios por jurados en Gualeguaychú quedarían limitados a delitos gravísimos si avanza la reforma de la Ley

Impulsada por el Ejecutivo entrerriano, que ya cuenta con dictamen favorable en Diputados, propone subir el umbral de pena máxima para acceder a esta modalidad de enjuiciamiento. Así, quedarían excluidos delitos como el abuso sexual. Desde el oficialismo argumentan que se busca descomprimir el sistema, mientras que sectores del derecho penal lo consideran inconstitucional.
La Legislatura entrerriana avanza con una modificación a la Ley de Juicio por Jurados Nº 10.746, vigente desde 2019, que podría recortar sensiblemente el acceso ciudadano a decidir en los procesos penales más graves.
El proyecto, impulsado por el Poder Ejecutivo y con dictamen favorable en Diputados, propone restringir la competencia del juicio por jurados a los delitos cuya pena máxima estimada sea de 21 años o más. De aprobarse, cambiaría la modalidad vigente, en donde todo delito cuya pena máxima sea igual o mayor a 20 años puede ser juzgado por ciudadanos comunes. La diferencia parece mínima, pero en los hechos dejaría afuera a una gran cantidad de causas que hoy sí acceden a este procedimiento, como por ejemplo los abusos sexuales agravados, que tienen una escala penal de hasta 20 años.
“El gran cambio está en el ‘más de 20 años’. Hoy, cualquier delito cuya pena máxima sea de 20 años entra. Con la reforma, sólo los que lo superen serán juzgados por jurados”, explicó el fiscal Lisandro Beheran, coordinador de fiscales de Gualeguaychú, en diálogo con Ahora ElDía.
De aprobarse la reforma, a los jurados populares sólo le quedarían los casos más extremos. “Homicidios y hechos de esas características. Si tomamos ‘hasta 20 años’, el delito más grave es el de abuso sexual. Este desaparecería de la lista, así como desaparecen otros también”, explicó Beheran.
Desde distintos sectores judiciales, académicos y de derechos humanos ya se pronunciaron en contra de la modificación. El Instituto de Derecho Penal de Entre Ríos, la Asociación de Pensamiento Penal, la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) y la Asociación de Víctimas de Delitos Aberrantes (Vidaer), entre otros, emitieron un comunicado conjunto en el que señalaron que la reforma es “ilegítima e inconstitucional”, y que desnaturaliza los avances logrados en participación ciudadana en la Justicia Penal. Denuncian que se busca instalar una “justicia clasista”, al restringir el juicio por jurados a un número muy acotado de delitos.
Beheran reconoció que el proyecto surge por una dificultad real: “Hay ciudades grandes, como Paraná y Concordia, en que la cantidad de causas elevadas a juicio por jurados supera la posibilidad de llevarlas a cabo. Esto es así porque se requieren una mayor cantidad de medios técnicos y humanos que nunca fueron contemplados. Cuando se dispuso la Ley no se incrementó ningún plantel, ni de funcionarios ni de empleados. Este tipo de juicios requiere una infraestructura”. A lo que agregó: “En ciudades grandes hay retrasos de más de un año o de dos para hacerlo. Esa problemática en ciudades menos pobladas no se percibe”.
Desde su implementación en Gualeguaychú en 2021, se realizaron treinta juicios por jurados. Actualmente hay entre cinco y diez causas en espera. Pero según el Fiscal, en la ciudad no se replica el problema en cuanto a la demora en la realización de los juicios como se experimenta en Concordia o Paraná.
Beheran explicó que en Gualeguaychú no se han registrado grandes inconvenientes de funcionamiento: “Sólo tuvimos par de juicios estancados”, aseguró. Entre los que se puede contar con el caso conocido como “el garrapiñero”. En esa oportunidad, se consideró que el jurado no logró unanimidad y por eso se debe repetir.
En total, de los treinta juicios realizados, sólo uno terminó con un veredicto absolutorio y el resto concluyó con condenas por unanimidad. “No hay una tendencia marcada ni a condenar ni a absolver”, aseguró consultado sobre si esta modalidad de juicio favorece algún tipo de resolución por sobre otras.
En términos presupuestarios, los juicios por jurados son más costosos. Según Beheran, cada uno cobra aproximadamente 100 mil pesos por día. A esto se suman los gastos logísticos, de seguridad, traslados y alojamiento, especialmente si se trata de ciudades del interior.
Consultado sobre la posibilidad de que esta reforma avance, Beheran evitó opinar sobre decisiones legislativas, aunque señaló: “El punto central es que, de aprobarse, cambiaría la competencia. No se elimina el juicio por jurados, pero sí se restringe. Muchas causas que hoy ingresan ya no lo harían”.
En concreto, delitos como el abuso sexual con acceso carnal o con agravantes —que hoy son juzgados por jurados por tener una pena máxima de 20 años— volverían al sistema de juicio técnico, es decir, serían juzgados exclusivamente por jueces. La crítica de los organismos que salieron al cruce de la reforma es que esto recorta el derecho de las víctimas a que su caso sea juzgado por un jurado popular y reduce el control ciudadano sobre el Poder Judicial.
Otra preocupación que se plantea es la forma en que se introdujo el debate. Las organizaciones que rechazan la reforma señalan que no hubo una discusión pública amplia ni participación de expertos ni audiencias abiertas. Por eso la califican de “ilegítima”, más allá de su constitucionalidad.
De concretarse la modificación de la ley, Entre Ríos pasaría a tener uno de los sistemas de juicio por jurados más limitados del país, restringido sólo a delitos gravísimos y que dejaría fuera a un universo importante de causas que, hasta ahora, venían siendo juzgadas con participación ciudadana.
Juicios por jurados
El juicio por jurados fue reglamentado en Entre Ríos por la Ley N.º 10.746, sancionada en 2019 y puesta en práctica tras la pandemia. Se basa en el sistema anglosajón, con un tribunal integrado por 12 ciudadanos titulares y 4 suplentes, que deben llegar a un veredicto por unanimidad. Su implementación fue celebrada como un hito democratizador en el Poder Judicial, al permitir que ciudadanos comunes participen directamente en la decisión sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados en delitos graves.