Mañana inicia el juicio al hombre que habría abusado y golpeado a su hijastra
Gualeguaychú se estremeció cuando a mediados de marzo se conoció la noticia de una niña de sólo dos años que ingresó al Hospital con signos de haber sido abusada y con golpes de viaja data. El acusado es la pareja de la madre, que se encuentra en un Hogar Granja a la espera del juicio que se desarrollará el lunes y martes.Elías David Melgar, alias "el negro", de 23 años, está acusado de haber sido el autor de las lesiones que presentaba una niña de dos años, hija de su pareja, con la que convivía desde hacía un tiempo largo y con la que tiene un hijo en común.El hecho en cuestión se originó el 12 de marzo, entre las 20 y las 20.30, en una vivienda de calles Avellaneda y Martínez Paiva. Según consta en la denuncia, Melgar habría sido quien accedió a la vagina de la niña mediante el empleo de fuerza, provocándole lesiones internas que derivaron en la hospitalización de la menor.Una vez en el nosocomio, a la víctima se le identificaron lesiones en el cuerpo de vieja data que fueron constatadas por el médico forense Mauricio Godoy, que describió: múltiples traumatismos en todo el cuerpo de diferentes data de evolución con lesión en ojo derecho y múltiples lesiones en piernas. Presenta pañal y prendas varias con sangre y se observan múltiples lesiones contusas; asimismo una lesión cortante de un centímetro por fuera de labios mayores de la vagina y desgarro del himen del borde libre hacia la base (vulvo vaginal)".Melgar fue detenido inmediatamente por la Policía y se le dictó una prisión preventiva que duró 60 días y que posteriormente fue prorrogada dos semanas, hasta que el juez de Garantías cambió la modalidad por un arresto domiciliario.Como Melgar es oriundo de Buenos Aires y el lugar donde vivía es residencia de su ex pareja e hijas, no tenía lugar dónde vivir y por ello quedó alojado hasta la actualidad en la Granja Hogar "Un encuentro con Dios".En un principio la carátula fue la de "abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la situación de convivencia preexistente con una menor de dieciocho años", un delito reprimido con una pena de 8 a 20 años. Pero durante la Investigación Penal Preparatoria (IPP) no se pudo probar el acceso carnal con las pruebas que fueron recogidas, por lo tanto se dejó sin efecto dicha calificación, la cual cambió a "abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la situación de convivencia preexistente con una menor de dieciocho años".
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