Media sanción para la prohibición del cobro del plus médico
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La Cámara de Diputados de Entre Ríos sesionó, y aprobó el proyecto de ley que prohíbe el cobro de plus a los médicos de la provincia.También, se aprobó el la creación del "Banco de Productos Médicos Implantables" que tendrá a su cargo la provisión de prótesis en la salud pública.La Cámara de aprobó el proyecto de ley que prohíbe el cobro de "plus médico" a los profesionales de la salud. También, se aprobó el la creación del "Banco de Productos Médicos Implantables".Por unanimidad, se aprobó el proyecto de ley, autoría del diputado Daniel Ruberto, por el que se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos "el cobro de plus a toda persona física como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas", dice el texto de la normativa.Dicha prohibición favorece a los afiliados beneficiarios de las leyes nacionales N° 23.660 y N° 23.661 y de la Ley Provincial N° 5326/73 y sus modificatorias, siempre que el pago supere los aranceles fijados en convenios suscriptos entre la entidad y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución. Para el caso que las obligaciones convenidas hayan sido respetadas por parte de las obras sociales, se establece la presente prohibición comprendiendo a las prestaciones clínicas, sanatoriales, de diagnóstico y tratamiento y cualquier otra que se encuentre cubierta por las citadas leyes o convenios.Asimismo, la normativa define el "plus", a "toda suma dineraria o retribución complementaria cobrada, exigida o recibida indebidamente de los beneficiarios de las obras sociales, que excedan los importes de los aranceles convenidos entre la entidades y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución por sus servicios". BANCO DE PRODUCTOS MÉDICOS IMPLANTABLESTambién durante la sesión se aprobó el proyecto de ley que crea, en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, el "Banco de Productos Médicos Implantables", el cual tendrá a su cargo la provisión de productos médicos implantables y la asistencia técnica necesaria.La iniciativa, autoría del diputado Pablo Mendoza, define al "Banco de Productos Médicos Implantables" como un sistema de almacenamiento que se dispondrá a través de los proveedores registrados en el Ministerio de Salud, quienes deberán garantizar el depósito de los productos médicos implantables. Y establece que al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación.Entre los objetivo, el texto destaca que el Banco contará con la cantidad y variedad de productos médicos implantables suficientes que permitan atender con eficiencia, oportunidad y celeridad los requerimientos de los pacientes de efectores públicos de salud de la Provincia y aclara que el trámite administrativo no podrá exceder los cinco (5) días corridos.
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