"NO PODEMOS MUDARNOS CADA SEIS MESES"
Melody es electrodependiente y necesita una vivienda con urgencia
El caso de Melody se hizo público en Gualeguaychú por el incumplimiento de la Ley de Electrodependientes. Es que en Entre Ríos no está reglamentada la normal, por lo que la Cooperativa o las empresas privadas, no estarían obligadas a cumplirla. De todos modos, en la ciudad se llegó a un acuerdo con la Cooperativa local, pero ahora se busca un lugar digno donde poder vivir.
Mónica Farabello Brenda es la mamá de Melody, una beba de dos años y medio que padece un extraño síndrome que afecta su cerebelo y su capacidad motriz. La niña debe estar permanentemente conectada y depende 100% de la electricidad para poder vivir. Hace unas semanas debió ser intervenida quirúrgicamente en Paraná, fue una operación que duró más de dos horas y media. Al regresar a Gualeguaychú, se encontraron con una vivienda helada. Sólo cuentan con una estufa eléctrica que de poco sirve para enfrentar las bajas temperaturas del invierno. “Tardamos un rato largo en regularle la temperatura a Melody; necesitamos pagar una vivienda digna porque no podemos mudarnos cada seis meses porque el alquiler aumenta. Estoy siempre llamando a la Municipalidad, pero por ahora no hay novedades. Siempre me dicen que cuando haya algo me van a llamar”, expresó Brenda a ElDía. En tanto, desde el área de Vivienda Municipal explicaron que Brenda, Brian y su hija Melody “tienen una reciente inscripción; fue en febrero de este año porque no son vecinos de la ciudad; son vecinos de Ceibas y se instalaron en Gualeguaychú por recomendación médica. Ahí tomamos contacto con la situación. A partir de ahí intervienen los distintos organismos municipales y provinciales para que ellos puedan atravesar esta situación tan compleja, que abarca muchas aristas: salud, atención médica y domiciliaria”. Además, debieron resolver la problemática de la energía eléctrica porque “le llegaban cifras desmedidas desde la Cooperativa. A raíz de su caso, el Concejo adhiere a la ley de electrodependientes. También desde el CAPS (Centro de Salud) se articula con el área de integración y accesibilidad y ellos lo hacen con provincia”, detallaron. “Consideramos primordial desde ésta Dirección encontrar una solución para Melody, teniendo en cuenta los requisitos que su caso amerita, estar cerca del hospital, transitabilidad en las calles, y sabiendo que el tema habitacional es un dilema mundial, y que el problema de Brenda, básicamente, es un asunto de salud, y la vivienda está garantizada con subsidios tanto desde éste municipio como de la municipalidad de Ceibas. Por eso no debemos centrar la situación de salud en una vivienda (aunque sí ocuparnos de la misma) sino en una mejor calidad de vida para Melody. Como Estado ayudamos a cubrir gastos como pañales, leche fluida, medicamentos y aparatología adecuada, a que tenga buena atención de salud, a que pueda contar con personal especializado para sus tratamientos. Estamos frente a un Estado presente, sabiendo que nunca es suficiente ante una situación dolorosa y complicada”, concluyó María Sira Ghisi de la Dirección de Vivienda Municipal. La familia de Brenda recibe un subsidio de 6 mil pesos que es destinado para pagar parte del alquiler. De todos modos, los costos son elevados y no llegan a cubrir ni siquiera un 50%. ¿Qué padece Melody? La menor padece el síndrome de Dandy-Walker, una malformación que afecta al cerebelo y por consiguiente la actividad motora de la persona. Además, no tiene obra social, y la poca ayuda que tienen es por parte del Estado, que no llega a cubrir ni una pequeña parte lo que necesita. Debido a su condición, Melody es electrodependiente, y por ley accede a la gratuidad de la energía eléctrica, a pesar que en Entre Ríos, la norma aún no está reglamentada. La Ley de electrodependientes El 10 de junio del 2020, el gobierno promulgó la ley N° 10789, sancionada por el Senado provincial en mayo de 2020, que tiene por finalidad garantizar a las personas electrodependientes por cuestiones de salud la provisión de energía eléctrica de forma gratuita, sin topes, constante, ininterrumpida y estable, cuando sean titulares del servicio o cuando lo sea uno de los miembros de su grupo familiar conviviente. “El beneficio otorgado por la presente ley consiste en el reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio público de provisión de energía eléctrica, como así también la eximición del pago de los derechos de conexión”, menciona la Ley, que también sostiene que la aplicación de este beneficio será con retroactividad a la fecha de publicación de esta ley.
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