Nemec podría ser inhabilitado para ejercer la medicina
El coordinador del Ministerio Público Fiscal, Lisandro Beherán, habló sobre las posibles penas que podría recibir el médico cirujano Carlos Nemec, imputado por homicidio culposo por el fallecimiento de Andrea Schlotthauer.El debate por la muerte de la joven Andrea Schlotthauer de 28 años, se encuentra en pleno proceso judicial. Beherán explicó que en relación a la investigación que se realizó sobre lo ocurrido en la Clínica Médica San Lucas "surgió prima facie la posible responsabilidad de uno de los médicos intervinientes; de uno de los profesionales de la salud intervinientes en todo lo que fue la estadía de Andrea Schlotthauer en el sanatorio y con el inicio del juicio oral y público, el martes se escuchó la declaración en carácter de acusado el cirujano Carlos Nemec".Luego, el Fiscal comentó que con posterioridad a su a su descargo, comenzaron a escuchar los testimonio de allegados y de familiares de la joven fallecida.Todo se centró en lo que los testigos vieron en los días de internación en el Centro Médico San Lucas, entre el día 24 de enero de 2016 y el día 2 de febrero, cuando finalmente fallece. Nemec sin preguntasEl Fiscal de la causa explicó que el cirujano imputado es la primera vez que decide declarar en relación a la acusación. "Debemos recordar la diferencia que tiene con un testigo, porque los testigos deben declarar de modo obligatorio. Cuando uno llama a una persona a declarar, esa persona debe declarar siempre. En cambio, cuando uno comparece ante los Tribunales o ante la Fiscalía en carácter de acusado la Constitución le brinda una garantía, un derecho que se debe respetar en materia penal. Un acusado puede declarar cuando quiere".Por esta razón, es que Nemec decidió declarar durante 4 horas, pero sin recibir preguntas. "La persona tiene derecho a declarar cuando quiere y cuánto quiere ¿Qué quiere decir? Que la persona al momento de declarar, expone todo lo que quiere y dice: hasta acá, y a partir de este momento no declaro más".Eso ocurrió en el momento en que la Fiscalía iba a empezar formularle preguntas relacionadas a la causa, dijo Beherán. De todos modos, aclaró que esta decisión del médico, no complica su situación, porque se trata de un derecho que tiene el acusado."El legislador definió esto cuando planteó el sistema penal", dijo el Fiscal y agregó: "a la ley la hace el legislador. Siempre lo aclaro, porque tal vez no se sabe y se confunden los tantos. En un juicio, el único que hace todo no es la Justicia. Todo se hace en base a una ley que pasó por la Legislatura. El legislador le concedió ese derecho a una persona acusada de declarar cuándo quiere y cuánto quiere. Además, ese derecho que tiene el acusado no pude ser usado en su contra. Eso lo establece la Constitución". ¿El tribunal completo responde a un rebote mediático?-En este caso considero que el tribunal ha optado por conformarse en pleno -por los tres jueces- atento de las características de lo que es la imputación. Un hecho de estas características en relación a un profesional de la salud de la ciudad, no ha habido muchos casos de estos en la historia judicial de Gualeguaychú.Si bien todos los hechos deberían tener el carácter de iguales, lo cierto que por ahí puede presentar alguna complejidad y el Tribunal así lo ha considerado. ¿Hay algún antecedente en la ciudad?-Creo que hay uno, pero de hace mucho tiempo. Estoy en la Justicia de Gualeguaychú desde hace más de 10 años. Y desde esta fecha a esta parte no hay ninguno. Pero con anterioridad a eso había un caso por supuesta mala praxis hace mucho tiempo. ¿En ese caso de confirmarse la responsabilidad penal del médico, qué pena le puede caber?-En el caso de los profesionales de la salud, hay que tener en cuenta que son delitos que no son intencionales. Debe hacerse una diferencia: intencional es el que sale a robar con la intención o con la finalidad de apoderarse de algo de otra persona. En este caso el resultado no es el que busca el médico.El profesional en su actuar no busca un resultado que sea perjudicial para el paciente. Todo lo contrario. Incluso lo que busca es lo mejor para el paciente. Y lo que se juzga es la mala praxis en la actuación. No haber actuado con todo el cuidado correspondiente en el caso concreto o haber omitido cuestiones esenciales que hacen a que el paciente termine con un mal resultado.Al ser esta la característica de la imputación, es lo que se llaman delitos culposos y la pena es muy inferior. La Ley penal sanciona más gravemente a los delitos dolosos. Los culposos los sanciona con pena inferior, con lo cual lo que corresponde en este tipo de casos son condenas - que en el caso de ser con prisión - son de carácter condicional.En el caso de actividades relacionadas con la profesión médica, lo que sí tienen como agravante y que generalmente termina siendo lo más gravoso, es que acarrean la inhabilitación para ejercer el ejercicio de las actividades por un determinado tiempo. La Ley dice de cinco a diez años.
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