No pagarán el impuesto de Sellos los 0 Km facturados en la provincia
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Según informó ATER, la norma, mediante su Artículo 14, grava con el Impuesto de Sellos las inscripciones de vehículos 0 Km, cuando la factura de compra esté emitida fuera de la provincia de Entre Ríos.La iniciativa, transformada en ley, reconoce a las concesionarias que emiten su facturación en domicilios constituidos en Entre Ríos, como generadoras de fuentes de trabajo genuina y con registración en nuestro ámbito. Caso contrario, se registra con comerciantes del rubro automotor que al sólo efecto fiscal se imputan como comisionistas aunque la operación constituya la venta de un vehículo dentro del territorio entrerriano.A tal efecto, la ley 10.183 dispone en su artículo 14: "En las inscripciones de automotores cero kilómetro (0 Km) el impuesto será equivalente al 2 por ciento del valor de compra que surja de la factura o de la valuación fiscal del vehículo para el caso de importación directa".
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