Nuevas normas para el abordaje de delitos que involucren a menores
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos dispuso una serie de normas prácticas para abordar los casos delictivos que involucren a menores de edad.Se aplicará en las jurisdicciones donde rige el nuevo Código Procesal Penal, ya que el mismo "carece de regulación al respecto" y se hace "imprescindible" unificar el procedimiento de estos casos. Las normas tienen vigencia a partir de ayer.Mediante una acordada publicada el miércoles pasado en el Boletín Oficial, el STJ fijó una serie de pautas para aplicar cuando se traten delitos en los que estén implicados menores de edad.El nuevo Código Penal se aplica en la jurisdicción de Concordia que abarca a Chajarí, Federación y Federal. También en Concepción del Uruguay, Villaguay, Colón y Tala; y en Gualeguaychú, Nogoyá y Gualeguay.La acordadaEl Acuerdo General N° 13, dispone en primer lugar que "en todos los casos que intervenga un menor de edad punible la investigación penal preparatoria estará a cargo del Ministerio Público Fiscal, interviniendo el Juez de Garantías como tal y el Juez Penal de Menores en materia tutelar quien, además dictará la sentencia y en su caso, su integrativa". Además, "en las jurisdicciones que carezcan de Juez Penal de Menores, el Juez de Garantías actuará como tal, en tanto que la sentencia y eventualmente su integrativa, será dictada por el Juez Penal de Menores que seguidamente se establece: los de Concordia, hasta la efectiva implementación del Juzgado de Familia y Penal de Menores de Chajarí, lo harán respecto de Federal, Federación y Chajarí, el de Concepción del Uruguay, respecto de Tala, el de Gualeguaychú respecto de Gualeguay, el de Victoria respecto de Nogoyá".En segundo lugar, establece que "en caso de menores no punibles intervendrá, de modo exclusivo, el Juez de Familia o el Juez Civil con competencia en Familia, una vez que el Fiscal determine la existencia del hecho y la autoría material por parte de un menor no punible".
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