Nuevo paso para cuidar el medio ambiente
Los futuros emprendimientos turísticos o comerciales deberán cumplir con un paso esencial para el municipio. Quedó establecido en una Ordenanza recientemente aprobada. El proyecto fue presentado por el Peronismo Federal.Por Rubén Skubij El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que va en dirección a lo que apunta la comunidad: cuidar el medio ambiente. Atento a lo resuelto en Comisiones Conjuntas, un proyecto presentado por Marcos Henchóz, Haydee Venturino y Lidia Meillard (del Peronismo Federal) recibió el apoyo del resto de sus pares. El mismo "fue elaborado a partir de las charlas que realizamos con la Dirección de Medio Ambiente Municipal y Fundavida", consignó Henchóz.La iniciativa está relacionada -lo establece el artículo 1°- con todas aquellas personas físicas o jurídicas que pretendan el ejercicio de cualquier tipo de actividad comercial o de servicios en general que soliciten habilitación municipal, "deberá poseer un sistema de tratamiento de efluentes cloacales, ya sea conectándose a la red cloacal municipal o en su propia planta ecológica de tratamiento de efluentes".La oficina municipal de Habilitaciones Comerciales "no podrá otorgar la habilitación respectiva del emprendimiento hasta el cumplimiento total de lo previsto en la presente ordenanza".Se solicitará a las personas físicas o jurídicas "que en la actualidad se encontraren habilitadas y en ejercicio pleno de sus actividades comerciales y/o de servicios, debido a la urgencia de la proximidad de la temporada 2010-2011, arbitren los medios necesarios para destinar de forma adecuada sus residuos cloacales y que los mismos no sean arrojados crudos al Río Gualeguaychú, Río Uruguay, Arroyo Gualeyán y todo otro curso de agua superficial (arroyo y vertientes) que se encuentre dentro de los límites del ejido de Gualeguaychú".En el artículo 4° se estableció que los sistemas o tratamientos ecológicos a utilizar por las personas físicas o jurídicas que pretendan el ejercicio de cualquier tipo de actividad comercial o de servicios en general "deberán ser propuestos por estos, siendo evaluados y aprobados por la Dirección de Obras Particulares y la Dirección de Medio Ambiente. Dicho proyecto deberá reunir las condiciones expuestas en la Ordenanza N° 11217/09 de evaluación de impacto ambiental (E.I.A.)".El costo total que demande la instalación a la red cloacal municipal en caso que fuera posible o al sistema de efluentes cloacales propio será a cargo única y exclusivamente del propietario del emprendimiento o de quienes exploten los mismos. Se consideran emprendimientos turísticos los balnearios, campings, hoteles, hosterías, complejos de bungalows para alquiler a turistas, y todo otro que las autoridades municipales requieran la obligación de contar con dicha planta.Henchóz aclaró a El Día -y está estipulado en el artículo 6°, que los "que no cumplan con la ordenanza serán sancionados con una multa de 1000 UTM". No obstante tendrán hasta sesenta días para regularizar su situación.- ¿Si no se avanza en la modificación cuál será el paso del municipio?De persistir el incumplimiento a la normativa la segunda sanción consistirá en la clausura del emprendimiento por 7 días hábiles más el doble de la multa correspondiente a la primera infracción -dos mil UTM-. Si las irregularidades siguen el emprendimiento será clausurado por tiempo indeterminado hasta que el mismo cuente con el certificado de habilitación municipal, de acuerdo al Art. 1° y 4°.Consignó que con la reciente norma aprobada, el municipio en un plazo no mayor de 60 días "deberá relevar la totalidad de los emprendimientos turísticos dentro del ejido municipal y efectuar las inspecciones correspondientes para determinar cuál es el tratamiento actual de los efluentes cloacales que efectúan los mismos e informar estos resultados al Concejo". Comunidad pioneraLos concejales del PF tuvieron en cuenta el interés marcado de la comunidad por el cuidado del medioambiente y, además, que nuestra ciudad "es pionera en la lucha por la preservación del medio ambiente y el uso razonable de los recursos no renovables".En los considerandos de la ordenanza se recordó que desde el año 2005 se posee una planta de tratamiento de efluentes cloacales modelo en Entre Ríos. Que los ríos Uruguay y Gualeguaychú, el Arroyo Gualeyán y demás cursos de aguas superficiales y subterráneos dentro del ejido urbano "son recursos naturales no renovables y debemos velar por su cuidado y protección".Por ora parte, destacaron que algunos emprendimientos situados en la costa de nuestro río "no poseen sistema de red cloacal". De allí que sea "imperioso un reordenamiento y estudio de la situación de tratamiento de efluentes por parte de los emprendimientos turísticos". ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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