Oficializan cambios al Código Fiscal
El Ejecutivo provincial promulgó la ley N° 10.183, por la cual se modifica el Código Fiscal de Entre Ríos.El texto tuvo sanción definitiva del Senado el 5 de diciembre, tras un rápido tratamiento en la Legislatura.En la norma, a la que accedió Recintonet, se amplían las facultades a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), entre ellas se incorpora al artículo 12° del Código Fiscal (CF) vigente la habilitación al organismo recaudador a efectuar "inscripciones y bajas de oficio" en todos los tributos que administra.También el proyecto plantea elevar una multa automática del 10% de la obligación tributaria omitida, para el caso de que se pague dentro de un plazo de 15 días corridos posteriores a la intimación del contribuyente, al 30% si el contribuyente opta por un plan de financiación.Si el tributo y sus intereses fuesen cancelados en un solo pago, con posterioridad al plazo de 15 días posteriores a la intimación, la multa automática será del 40%; y llegará al 50% si se formaliza, dentro de ese plazo, un plan de financiación.Además, se endurecen las sanciones y plazos para la omisión del pago de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores, elevándose el porcentaje de la multa al 20% y se reducirá a 30 días el plazo máximo de mora estipulado para que el recargo sea de la mitad, es decir 10%.Y modifica la facultad de la ATER para remitir total o parcialmente las sanciones previstas en el Código, que serán posibles "cuando mediare error excusable del contribuyente". Asimismo, se incorporan artículos nuevos referidos a los terrenos baldíos."Los terrenos comprendidos dentro de la Planta 1, de conformidad a la clasificación establecida en la Ley de Catastro y considerados fiscalmente como baldíos, estarán sujetos al pago de un adicional al Impuesto Inmobiliario, que se determinará en función de la cantidad de metros cuadrados de superficie de cada partida".Serán considerados baldíos los terrenos ubicados dentro del ejido urbano de los municipios cuando los mismos no tengan mejoras habitables". Ese adicional será del 20% en una superficie mayor a 250 metros cuadrados y de hasta 500 metros cuadrados; de 40% entre 500 y hasta 1.000 metros cuadrados; de 60% entre 1.000 y 2.000 metros cuadrados; y del 100% para los de más de 2.000 metros cuadrados.
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