Operaciones bancarias y transporte público, algunos rubros alcanzados por el impuestazo
También serán tocadas las retributivas, actuaciones notariales, actuaciones administrativas y expedición de guías, entre otros. Las dos leyes fueron publicadas en el último Boletín Oficial. El Ejecutivo provincial promulgó las leyes por las que se aumentarán los impuestos al sello y las alícuotas a ingresos brutos en diversas actividades, iniciativas que fueron definidas por la oposición como "el impuestazo encubierto".Las leyes 10.098 y 10.099 fueron publicadas en el Boletín Oficial 24.910 del 24 de enero, y mediante las mismas se modifican el Código Fiscal de la provincia y la ley impositiva, además de otorgar superpoderes al gobierno para que disponga a su libre arbitrio la "actualización" anual.Una de las normas modifica artículos del Código Fiscal y la ley Impositiva en relación al impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios, adecuando valores mínimos y máximos.Las subas serán a actos y contratos sobre inmuebles, operaciones de tipo comercial y bancario, tasas retributivas, actuaciones notariales, actuaciones administrativas, expedición de guías, servicios públicos de transporte de pasajeros de larga y corta distancia, para el turismo o viajes especiales, servicios suburbanos y se incluyen actuaciones judiciales y registros públicos.La otra norma reforma la ley Impositiva 9622, referida a alícuotas de ingresos brutos sobre servicios relacionados con las actividades primarias, a la construcción, el esparcimiento, a servicios financieros y de alquileres, impuestos y energía eléctrica.Si los proyectos aprobados otorgan superpoderes al Ejecutivo para "adecuar anualmente los importes para los diferentes tipos de operaciones", según el artículo 16 del proyecto sobre el impuesto al sello y el séptimo del impuesto a las alícuotas de ingresos brutos.Según informó AIM, el tratamiento de los proyectos fue en dos días y en la Cámara de Diputados las iniciativas fueron aprobadas por la mayoría oficialista con fuertes diferencias de la oposición, que calificó a las Leyes de "impuestazo encubierto". Fideicomiso energéticoEl Poder Ejecutivo promulgó además en el Boletín Oficial la Ley por la que se concretarán "operaciones de crédito público por 180.000.000 pesos, mediante la emisión de títulos o Valores Representativos de Deuda (VRD) en un fideicomiso financiero, para financiar obras de infraestructura en el sistema eléctrico provincial.La ley 10097 autoriza al gobierno, para que a través de la secretaría de Energía, pueda crear y constituir por un plazo de hasta diez años un Fideicomiso, "para desarrollar y financiar la ejecución de un plan de obras de infraestructura en el sistema eléctrico provincial", confirmó AIM.Las obras de infraestructura en el sistema eléctrico que se financien por el Fideicomiso, que fueron declaradas por su importancia estratégica de interés provincial, "serán ejecutadas por las distintas concesionarias del servicio público de distribución de energía eléctrica".También se autorizó al Ejecutivo a ceder y transferir la propiedad fiduciaria las sumas de dinero necesarias para atender los gastos iniciales y honorarios relacionados con la instrumentación del fideicomiso y del financiamiento.
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