Opinión de la Asamblea sobre un documento
Opinión del grupo técnico de la "Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú" a raíz del documento denominado "Resumen Ejecutivo. Monitoreo del Río Uruguay: planes específicos de la Planta Orión, y de la desembocadura del Río Gualeguaychú en el Río Uruguay". Luego de una prolongada espera para la realización de una reunión pedida en forma reiterada con los dos representantes argentinos del Comité Científico formado para el monitoreo de la planta "Botnia-UPM" y del río Uruguay, a los fines de que se nos aclaren varios puntos referentes al "Plan de Monitoreo Ambiental" acordado con la Republica Oriental del Uruguay, y desconociendo aún si fue analizada y tenida en cuenta la propuesta presentada oportunamente por el Grupo Técnico de la Asamblea (Seguimiento Ambiental Conjunto argentino-uruguayo de la planta "Botnia-UPM" y baja cuenca del río Uruguay) sobre dicho monitoreo, entregada el 4/8/10 por miembros de la "Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú", nos vemos obligados a realizar las siguientes consideraciones: 1. IntroducciónRecientemente la CARU habilitó para su lectura en su página Web un documento donde se consignan las medidas concretas a tomar para el monitoreo de la Planta "Orión" ("Botnia-UPM") y los ríos Uruguay y Gualeguaychú. A pesar de que se trata únicamente del Resumen Ejecutivo y no está disponible a la fecha el documento completo, consideramos importante subrayar diversos aspectos que a nuestro entender no son adecuados además de la falta de definición de otros, particularmente en lo que respecta al control dentro de la planta industrial. 2. Controles dentro de la Planta 2.1 GeneralesEs inaceptable lo que se plantea en la sección 3.1 del documento respecto a que la finalidad de los controles es "verificar que las evacuaciones de los efluentes de la Planta Orión (UPM, ex-Botnia) cumplan la normativa de la CARU y la normativa que Uruguay ha dispuesto en su jurisdicción para proteger y preservar el medio acuático previniendo su contaminación".La normativa que "Uruguay ha dispuesto en su jurisdicción" para el control de los efluentes no es otra que la fijada en la misma resolución Ministerial que autoriza la instalación de Botnia en 2005. Sus disposiciones para nada se ajustan a los estándares internacionales modernos, incluyendo las "IPPC BREF (BAT)" de la Unión Europea, "EPA" (Agencia de Protección Ambiental USA) o las normas Australianas aprobadas para plantas similares. Peor aún, podemos afirmar que la legislación uruguaya sobre efluentes no tiene basamento científico-técnico alguno.Por otra parte, a la fecha las normativas de la CARU no han sido aún adecuadas para evaluar efluentes de este tipo y magnitud. Por lo tanto tampoco se ajustan a las normativas internacionales.En el transcurso de los últimos años, el Grupo Técnico Interdisciplinario en reiteradas oportunidades sostuvo esta posición a través de muchas comunicaciones y documentos.La lectura de la sección 3.1 pone en evidencia también que todas las muestras, tanto líquidas como gaseosas, serán tomadas por la DINAMA, sin contralor de los expertos de la CARU, con excepción de las denominadas "visitas programadas" del Comité Científico, cuyo número no está definido en todo el documento. Esta inadecuada situación va mucho más allá de cualquier decisión tomada por la Corte Internacional de Justicia de La Haya en su fallo del 20/4/10, donde la responsabilidad recae directamente sobre la CARU y por tal motivo consideramos que no deberían ser aceptadas.El "acuerdo" insiste en utilizar un concepto poco feliz del fallo de la CIJ., que se refiere a "las emisiones gaseosas que accedan al Río Uruguay", tratando de convertirlo en un tema menor. En primer lugar, la contaminación atmosférica es más importante que la fluvial, porque está afectando directamente la salud de la población en Argentina y Uruguay desde el inicio de las operaciones de Orión. En segundo lugar, la ciencia no tiene duda alguna que más del 90% de la contaminación atmosférica termina directa o indirectamente en el río Uruguay, arrastrada por los vientos y las lluvias.Es inapropiado que importantes actividades de control sobre efluentes, los ríos y su biota, así como sobre la contaminación atmosférica, se hayan declarado como "experimentales complementarias" y que "no formarán parte de las conclusiones del programa de monitoreo hasta tanto hayan sido incorporadas a la normativa CARU". ¿Cuánto tiempo más deberemos esperar para que se incorporen técnicas y prácticas que son normales para el seguimiento del medio ambiente en todo el mundo? 2.2 Controles sobre Efluentes LíquidosEn la sección 3.1 se mencionan también los siguientes aspectos puntuales:"Medición continua del caudal antes del vuelco y en canaleta Parshall". Dejamos sentado, ante la falta de claridad en el texto, que tanto las muestras de efluente, la medición de parámetros físicos y químicos con sensores continuos y la medición del caudal deben ejecutarse en el mismo lugar. Decimos también que el medidor continuo de caudal debe contar también con un integrador que permita obtener el volumen total de efluente volcado en el período de control.Se menciona, sin aclaración de cómo se tomaran las muestras y qué compuestos se determinarán, a "muestras integradas diarias" y muestras tomadas en "visitas programadas", cuyo número se desconoce.Consideramos que no resulta ni claro ni convincente el listado de ensayos químicos a realizar sobre los efluentes. Pretendemos que se informen valores medios representativos de toda la lista de compuestos oportunamente presentada ante Cancillería Argentina, un inventario ampliado del listado incluido en los reportes "Ecometrix" de julio de 2008 (Seis Primeros Meses) y marzo de 2009 (Operación de todo el 2008). La ampliación oportunamente solicitada incluye medidas según Standard de la OMS, de Dioxinas (7 compuestos) y Furanos (10 compuestos) y varios compuestos del azufre.No se incluyen tampoco pruebas de Ecotoxicidad (Evaluación de un Efluente como un todo: WET) mediante las cuales se evalúa el efecto tóxico de los componentes del efluente sobre los organismos vivos, empleando ensayos normatizados (Daphnia Magna, Peces, Algas o Bacterias luminiscentes) a las cuales la "EPA" les asigna una superlativa importancia y que están incorporadas en las legislaciones ambientales de muchos países (Estados Unidos, Francia, Alemania, Brasil). En nuestro país el IRAM (Organismo Nacional de Normalización y Certificación) ya ha normatizado algunas de esta pruebas. Nos preguntamos si estos ensayos, unos de los más sensibles en detectar efectos tóxicos de los efluentes, están incorporados en el Monitoreo. 2.3 Seguimiento de la "Calidad del Aire"La descripción de tareas en esta sección es incompleta e insatisfactoria. Nos parece correcta la medición continua en chimeneas de caudales, NOx, SO2, CO y TRS. Pero es imprescindible un seguimiento diario y mensual de otros parámetros que son críticos y cuya toma de muestra, frecuencia y determinaciones químicas lucen indeterminadas: Dioxinas y Furanos (OMS), metales pesados, VOCs, material particulado menor que 10 y 2,5 micrones (que no puede ser reemplazado por "material particulado total" o MP). Es imprescindible también el ensayo químico de partículas sólidas y líquidas depositadas desde las chimeneas y otras fuentes no consideradas en el documento (enfriadores de efluente, chimeneas de alivio en digestión, blanqueo y otras).Todas estas mediciones son igualmente importantes en la atmósfera, fuera del predio de la planta, por lo que no pueden quedar circunscritas (como se vio en 2.1) al espejo de los ríos.Siempre hemos manifestado nuestra preocupación por el control de las emisiones atmosféricas emitidas por la planta y que llegan a territorio argentino. El estudio realizado por la Facultad de Ciencias Exactas de la UBA y la CONEA demostró la presencia en la zona ribereña argentina y también en Gualeguaychú de contaminantes atmosféricos, que no existían ante de la puesta en funcionamiento de la planta y que ya están afectando la salud de nuestra población. 3. Seguimiento de la Calidad del Medio Acuático (Río Uruguay)De acuerdo al documento, parecería que es posible evaluar la situación del río y su evolución, con ensayos de rutina sobre el agua (Digesto CARU) y con un "muestreo trimestral" sobre "sedimentos, bentos y peces" donde las determinaciones a realizar están totalmente ausentes.Trabajos de reconocida importancia previamente solicitados, como ensayos ecotoxicológicos, seguimiento de marcadores biológicos, contaminantes acumulados en seres vivos y la composición del material sedimentable y de fondo parecen estar totalmente ausentes, o como anticipamos en 2.1, recluidos por tiempo indefinido en la lista de "experimentos complementarios",que no forman parte del programa de monitoreo. 4. Consideraciones FinalesEl "Resumen Ejecutivo" analizado no coincide con un patrón científico acorde con las modernas técnicas de seguimiento en la emisión de contaminantes de la industria de la celulosa. Tampoco con las prácticas hoy usuales para la evaluación y protección de ecosistemas amenazados por esta industria, basadas en varias décadas de experiencia internacional.No estamos de acuerdo ni podemos aceptar normativas aplicadas en regiones altamente industrializadas. Queremos estándares acordes con el ecosistema preexistente, de grandes espacios abiertos, sin actividades contaminantes, compatibles con un desarrollo turístico recreativo importante y de actividades agro-alimentarias, y que además sigan mínimamente las normativas de la OMS para el cuidado de la salud de nuestros habitantes.Cuestionamos este acuerdo y sus procedimientos. Esperamos que oficialmente se nos expliquen más aspectos de su contenido y que se tengan en consideración nuestros requerimientos básicos ya presentados a Cancillería Argentina.Llegamos a la conclusión que aceptar un mal monitoreo equivaldría a convalidar la continuidad de Botnia y de la contaminación ya evidente en el río Uruguay, poniendo también en riesgo la salud de la población en toda la región. GRUPO TÉCNICO "ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL DE GUALEGUAYCHÚ" ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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