TIEMPO DE DECONSTRUCCIÓN
Personas con discapacidad: Con la mirada puesta en los derechos y no en las patologías

El antiguo paradigma tomaba a la discapacidad como diferentes patologías que le impedían a la persona realizar actividades sociales, físicas o intelectuales. Actualmente, esa mirada se está deconstruyendo bajo la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad. La igualdad de oportunidades educativas y laborales, es el objetivo de la Comunidad Diversa.
En diciembre de 2006 fue aprobada la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad. Dos años después, el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina la sancionaron con fuerza de Ley. A partir de esta Convención con rango Constitucional, comenzó a construirse un nuevo paradigma, una nueva mirada de las personas con discapacidad y sus derechos. ElDía conversó con la Presidenta de Comunidad Diversa, María Silvia Blanco. Ella es la presidenta de la Asociación y además, es Licenciada en Fonoaudiología. Desde hace dos años y medio trabaja junto a un equipo de personas en la Asociación de Comunidad Diversa que fue conformada para proteger y promover los Derechos e intereses de las personas con Discapacidad. “Deconstruir un modelo patologizante y fragmentado para construir un modelo que se base en la dignidad humana”, es el objetivo de Comunidad Diversa, que trabaja en la ciudad de La Plata y alrededores. Según contó María Silvia, trabajan en Comisiones como las de Familia, para brindar orientación: se reciben familias que requieran canalizar dudas, también se establecen redes de contacto y se recomiendan espacios y profesionales También cuentan con una Comisión de Capacitación continua para formarse permanentemente, para luego salir a la comunidad y otra comisión de difusión, hacia adentro y fuera de la Asociación. “No está orientado a una discapacidad sino a todas las personas con discapacidad. Llegan niños pequeños con sus familias y jóvenes con los que trabajamos. Muchos de estos jóvenes de 20 años, han transitado toda la vida por circuitos discapacitantes: escuelas especiales, centros de día y empezamos a ver que esos jóvenes evolucionaban en muchos aspectos”, contó la presidenta de Comunidad Diversa. Asimismo, agregó que “había chicos que aprendían a leer a los 18 años, y notamos que se podía hacer muchísimo más, por eso comenzamos a trabajar con las familias”. “Siempre me preocupó eso: que el único destino de una persona con discapacidad, al terminar su escolaridad, sea ir a un Centro de Día desde las 9 de la mañana hasta las 5 de la tarde cuando las posibilidades siempre existen”, reflexionó la profesional, y agregó que quieren que logren el mayor nivel de independencia y por sobre todas las cosas, la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos: educativos, laborales y sociales. 2006, quiebre en el paradigma En diciembre de 2006 se firmó la Convención Internacional de las personas con discapacidad. Se pasó de un paradigma médico y patologizante que siempre se fijaba en lo que el niño no podía hacer (“no va a poder caminar, no va a poder hablar”) a trabajar en la dignidad humana y sus posibilidades de aprendizaje e inclusión. Silvia Blanco explicó que esta Convención “tiene jerarquía constitucional. Son derechos que se tienen que cumplir. Por ejemplo, hoy los niños con síndrome de down reciben educación en cualquier escuela, sin necesidad de ir a un centro especial. Es su derecho”. Hasta ahora interactúan los dos paradigmas: el patologizante y el basado en los derechos de las personas. El objetivo es avanzar hacia un pleno cumplimiento de la Convención para lograr la inserción laboral, social y educativa. ¿Qué dice la Convención internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad? En un fragmento de la Ley sancionada en nuestro país se expresa que “la comunicación incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso. Por "lenguaje" se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal Por "discriminación por motivos de discapacidad" se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables. En cuanto a los principios generales de la Ley se expresa: El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas; la no discriminación; la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; el respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas; la igualdad de oportunidades; la accesibilidad; la igualdad entre el hombre y la mujer; el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad”. CONTACTO Por e-mail: [email protected] Redes sociales: Facebook e Instagram: “Comunidad Diversa”
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