Por la celebración del día del empleado de comercio cerrarán los supermercados
[gallery link="file" orderby="title"]Desde el Sindicato de Empleados de Comercio confirmaron que las grandes cadenas de supermercado no abrirán sus puertas. Además informaron que los comerciantes que decidan abrirán, le deberán pagar doble a sus empleados.Desde 2009 por Ley, en todo el territorio nacional se celebra el Día del Empleado de Comercio. Por este motivo es que durante todo el día de hoy la gran mayoría de los comercios de Gualeguaychú permanecerán cerrados para que los empleados puedan celebrar su día.La fecha fue instituida en 1933 pero fue en 2009 cuando el Estado Nacional sancionó una ley donde se dispuso el beneficio del día de descanso.Desde el Sindicato de Empleados de Comercio de Gualeguaychú confirmaron que "casi todas las cadenas de supermercados y autoservicios no abrirán sus puertas".Uno de los referentes del Sindicato, Gustavo Vela, informó en radio Cero que se reunieron con "los grandes supermercados y han adherido a no trabajar. Hemos generado consenso, hablamos con los grandes supermercados y cadenas de electrodomésticos, como así también con Carlos Damasco del Centro de Defensa Comercial".Asimismo, sostuvo que el objetivo del Sindicato es que "el comercio no abra para que los empleados de comercio puedan festejar su día en familia". De todos modos aclaró que "los comerciantes podrán elegir si abren o no, pero deberán abonarles doble a sus empleados".En este sentido, Vela sostuvo que "en su gran mayoría el comercio de Gualeguaychú va a cerrar; adhieren a este festejo" y adelantó que están "avanzando en el diálogo para no abrir los domingos. Vemos una aceptación de estudiar la posibilidad de cerrar los domingos; ya no es el 'no' rotundo que teníamos hace unos años atrás, sino que ahora están dispuestos a sentarse para evaluar la posibilidad". "Feriado nacional"Desde el Ministerio de Trabajo de la Nación recordaron que se trata de un "feriado nacional por el día del empleado de comercio". El ministerio que conduce Carlos Tomada indicó que la legislación establece la asimilación de ese día "a los feriados nacionales".El Ministerio de Trabajo ratificó que esta celebración tiene "plena vigencia" y que la legislación establece la asimilación de ese día "a los feriados nacionales".En una disposición, el Ministerio de Trabajo ratificó "la vigencia de la Ley N° 26.541, debiendo considerarse el 'Día del Empleado de Comercio' como Feriado Nacional, por lo que los empleados de comercio se encuentran exentos de prestar tareas el día 26 de septiembre".La cartera laboral puso en conocimiento en esa misma disposición "de las representaciones empleadoras que esta Autoridad Administrativa de Trabajo procederá a verificar in situ, a través de inspecciones, el efectivo cumplimiento de la citada ley, imponiendo en caso de violación de las norma las sanciones pertinentes"."De lo expuesto se desprende que los trabajadores no se encuentran obligados a prestar tareas el día indicado, resultando por tanto un descanso para los empleados de comercio", destacó la Dirección Nacional de Relaciones Laborales.En tanto, desde la Federación de Empleados de Comercio destacaron que esa disposición de Trabajo se originó a raíz de que esa entidad sindical requirió la intervención de la cartera laboral a raíz del día del empleado de comercio, informó en un comunicado firmado por Armando Cavalieri y el secretario de prensa del sindicato, Ángel Martínez.Los primeros beneficios1905: Ley 4661 descanso dominical.1913: Ley 9104 extendiendo a los territorios nacionales la ley de descanso dominical1924: Ley 11.317 ampara a las mujeres y menores que trabajan1929: Ley 11544 jornada máxima de 48 horas semanales de trabajo1932: Ley 11640 sábado ingles cesación del trabajo a las 13 hs.1934: Ley 11729 indemnizaciones por despido, vacaciones anuales pagas.1935: Ley 12205 ley de la silla / Obligación de proveer asiento con respaldo a cada persona empleada.1948: Primer convenio laboral / Fija el sueldo mínimo para los empleados de comercio.
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