CUARENTENA OBLIGADA PARA LOS QUE VENGAN DE ZONA DE RIESGO
Por la llegada de los varados, el Municipio reforzó los controles en el Acceso Sur
:format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/adjuntos/240/imagenes/000/994/0000994120.jpg)
En el ingreso a la ciudad, la Municipalidad junto a personal policial refuerzan los controles de quienes ingresen a Gualeguaychú en el marco de las autorizaciones que dio el gobierno nacional para regresar a sus hogares a muchos argentinos.
El gobierno nacional dispuso la habilitación del regreso a sus hogares de quienes quedaron varados dentro del país desde el 20 de marzo pasado, cuando se dictó el aislamiento preventivo y obligatorio en el marco de la pandemia de COVID-19. En Gualeguaychú desde ese momento se registraron 4 casos positivos y actualmente la provincia de Entre Ríos no tiene circulación comunitaria de virus. Por esto mismo, desde el domingo 19 de abril se reforzaron los controles en el Acceso Sur y seguirán reforzados hasta después del martes, cuando se termine el plazo aceptado para poder volver a las ciudades. La Municipalidad de Gualeguaychú dispuso mediante decreto que todos los varados que vengan de una zona de riesgo del país deberán permanecer aislados y en cuarentena por el término de 14 días. Las que deben acogeré a esta obligación son las que teniendo residencia en la jurisdicción de Gualeguaychú, tengan un historial de viaje o residencia en zonas de riesgo epidemiológico de transmisión local, ya sea comunitario o por conglomerados de COVID-19, o que hayan estado en contacto con casos confirmados de COVID-19, o bien tengan historia de viaje fuera del país. Idéntico criterio se aplicará a quien, por algún motivo de excepción, el cual deberá ser corroborado por la autoridad competente, se le haya permitido el ingreso a la comuna. Quedarán exceptuados del presente artículo, el personal sanitario que por razones de estricta necesidad se encuentre expresamente autorizado a prestar tareas en la jurisdicción local por la autoridad sanitaria local. También se podrá exceptuar a aquellas personas que por su oficio o profesión deban ingresar, siempre y cuando no permanezcan más de 24 horas en la ciudad, quienes deberán gestionar un permiso a través de los protocolos establecidos para la actividad que realicen y, en caso de no existir los mismos, requerirlos ante la autoridad de control del aislamiento social preventivo y obligatorio. Se considera zonas de riesgo epidemiológico de trasmisión local o circulación viral comunitaria a las Provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Chaco, Tierra del Fuego y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, más allá de las que el gobierno federal pueda determinar incorporar con posterioridad al dictado de la presente. El incumplimiento de las medidas de emergencia sanitaria en general, y en particular las que se establece en los artículos anteriores, serán pasibles de las sanciones y multas determinadas por la normativa administrativa local vigente, sin perjuicio de la denuncia y/o aplicación de las normativas penales que tipifiquen la conducta.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios

