Por qué no condenaron a "Coño" Martínez a una prisión perpetua
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Leandro Martínez escuchó ayer la decisión unánime a la que arribó el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú. La Fiscalía y la querella habían requerido la pena máxima, pero los jueces se inclinaron por una pena temporal que para obtener los primeros beneficios habrá de cumplirla casi en su totalidad. Carlos Riera ¿Cómo puede ser que no haya recibido la misma condena que Nahir Galarza si robó, abusó y mató? La respuesta a esto está en la imputación que tuvo uno y otro y lo que establece el Código Penal para cada caso.Nahir Galarza fue condenada a prisión perpetua porque mató a su novio. Había un vínculo, y según lo establece la Ley, es castigado con pena de prisión perpetua el que comete un homicidio calificado por el vínculo. No hay otra.Lo ocurrido con Leandro "Coño" Martínez" es distinto. Entre este joven de 25 años y la víctima, Estela Alberto, no había vínculo y para la Justicia la muerte de esta mujer de 73 años se cometió a causa de un robo, en donde además existió un abuso sexual con acceso carnal.¿Qué dice el Código al respecto? El artículo 165 especifica: "Se impondrá reclusión o prisión de 10 a 25 años, si con motivo u ocasión del robo resultare un homicidio". Pero además, la pena agrava con el abuso sexual con acceso carnal. Según indica el artículo 119, "la pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías".Para la presidenta del Tribunal, Alicia Vivian, y para los dos vocales que coincidieron de forma unánime, Arturo Dumón y Mariano Martínez, no caben dudas que Martínez fue el autor del crimen ocurrido el 25 de diciembre de 2014, en el interior del domicilio de Estela Nélida Alberto, ubicado en calle las Azucenas, a 100 metros de calle Gervasio Méndez, del barrio 348.Leandro Martínez ingresó a la vivienda y golpeó con su puño el rostro de la víctima, ocasionándole heridas cortantes, hematomas alrededor de ambos ojos, y otras lesiones que la podrían haber dejado inconsciente a la mujer de 73 años. Luego sustrajo todo lo que encontró de valor, revisó las carteras que fueron encontradas abiertas junto a la damnificada, y luego la agredió sexualmente. La penetró vía vaginal y anal, al punto de provocarle lesiones internas y externas en la zona genital. Estela Alberto murió 24 horas después en el Hospital Centenario a causa de los golpes y las agresiones recibidas.Si bien no se dieron a conocer los fundamentos que llevaron a los magistrados a imponer la pena de 27 años de cárcel, los cuales trascenderán dentro de una semana, condenaron a Martínez por homicidio en ocasión de robo, concursado con abuso sexual con acceso carnal, basándose en la declaración del médico forense Marcelo Benetti, que determinó que la muerte de Alberto no fue consecuencia del acto abusivo sino de la violencia ejercida en primera instancia para perpetrar el desapoderamiento.Por último, para determinar la continuidad de la prisión preventiva que "Coño" Martínez mantiene desde que fue trasladado desde Brasil luego del juicio de extradición, los magistrados se basaron en lo actuado en la causa Waller y Pastorizzo. En esas dos causas los condenados, Flores, Fernández y Galarza, mantuvieron y mantiene la prisión preventiva hasta que la sentencia adquiera firmeza. "Se hizo justicia"La familia de Estela Alberto debió esperar casi cuatro años para llegar a esta instancia. En el medio tuvo que batallar con todo el proceso judicial y con la espera de la extradición de Leandro Martínez, que se fugó dos días antes de que iniciara el juicio en 2015. Ayer, Irma Alberto, hermana de la víctima, escuchó atenta el adelanto de veredicto y tras la audiencia sólo dijo: "Esperaba que se hiciera justicia nada más. No esperaba cantidad de años, solo que se hiciera justicia. Estábamos esperando este fallo".Su abogado, Alfredo Vitale, se refirió a la sentencia condenatoria y a los 27 años que recibió el imputado. "Me encuentro conforme porque desde el primer día que asumí la querella insistí en que ella había sido víctima siempre, pese a que hubo voces que trataron de ensuciarla. Fue probado que el buen nombre y honor quedaron incólumes, porque ella nunca se prestó a las prácticas a las que aludió la defensa y tampoco era una persona que se dedicara a cosas de dudosa moral, por el contrario era una persona tranquila, que solo hablaba con una amiga en el barrio".Vitale también se mostró satisfecho en que se lograra la extradición del acusado, "no nos dejamos estar a la espera de la buena de Dios", y respecto a la calificación prefirió no adelantarse hasta conocer los fundamentos, "tal vez ellos (los jueces) no entendieron la acusación de la Fiscalía y la querella, pero la pena de 27 años no es una pena menor, porque después de haber sido modificada la Ley de Ejecución de Penas, no va a suceder lo que pasaba antes que se iban antes del cumplimiento de la misma. Esta es una pena grande y no son tantos años de diferencia con la perpetua".Por último mencionó que "quedó sepultado todo lo que se dijo en un principio, por lo cual la sociedad que hizo silencio, le dio la espalda, y hasta hubo un funcionario judicial que dio a entender una dudosa moral". "Lo importante es que se demostró que esta pobre mujer tuvo una muerte dolorosa, que sufrió y que su buen nombre y honor quedaron a salvo pese al olvido", agregó el abogado.
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