Por una medida Judicial, continúan los subsidios para usuarios de gas natural
El Defensor del Pueblo recordó que sigue en vigencia la sentencia que permite abonar la factura de gas, dejando de lado el cargo extra en la tarifa. El Adjunto I de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, señaló que, "sigue vigente la sentencia dictada por la Sala 5ta. de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en la acción promovida por nuestra Institución y que le posibilita a los usuarios abonar su factura descontando el cargo tarifario dispuesto por el decreto 2067/08 y normas complementarias"."A efectos de hacer valer sus derechos, indicó Sella, los usuarios residenciales de gas deben concurrir a los lugares de pago y solicitar abonar su factura excluyendo el cargo tarifario. De esta manera se estará abonando lo efectivamente consumido".Mediante el Decreto 2067/08 se creó un Fondo Fiduciario para atender las diferencias de precios de importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo. El referido decreto facultó al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a fijar el valor de los cargos y a ajustarlos "en la medida que resulte necesario, a fin de atender el pago y/o repago de las importaciones de gas natural". Aumentos ilegalesLa aplicación de estas normas dio como resultado aumentos en las facturas de gas, constituyéndose en ilegales al no respetar principios elementales de justicia contenidos en nuestra Constitución Nacional. Es por esto que el Defensor del Pueblo de la Nación promovió una acción judicial cuestionando las normativas mencionadas y señaló que "el cargo tarifario impuesto en el servicio de gas deviene inconstitucional toda vez que vulnera el principio de reserva de ley garantizado por la Carta Magna en la creación de tributos, competencia que quedó exclusivamente en cabeza del Congreso de la nación en el ejercicio de la función legislativa".Ante esta presentación la Sala 5ta. de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió "conceder la medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo de la Nación, ordenando al Ente Regulador del Gas que, hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada por el Ombudsman, instruya a los agentes de recaudación del cargo tarifario para que permitan a los usuarios afectados por los efectos propios del decreto 2067/08 y normas complementarias a seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior al dictado de las normas impugnadas en la causa".Prensa Defensor del Pueblo de la Nación ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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