CUARENTENA POR COVID-19
Provincia insistirá para que a contadores y abogados sean actividades esenciales
:format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/adjuntos/240/imagenes/000/994/0000994013.jpg)
Desde la Gobernación informaron que irán a Nación para reclamar por la puesta en función de estas dos actividades. Consideran que son de primera necesidad, sobre todo en el rubro de los profesionales de Ciencias Económicas, quienes son necesarios para liquidaciones impositivas. Se analiza incluir a la construcción y a la metalurgia.
El lunes pasado, por disposición de la Jefatura de Gabinete de la Nación, una serie de actividades fueron habilitadas para ejercer o funcionar. Pero más allá de esta flexibilización, la provincia de Entre Ríos pedirá al Gobierno nacional que incluya en el rubro de las actividades esenciales a la que realizan los abogados y los contadores. Según informó una fuente provincial a ElDía, el gobernador Gustavo Bordet considera que la puesta en funcionamiento de estos rubros es indispensable, sobre todo en lo que respecta a los profesionales de las Ciencias Económicas a la hora de pensar en la recaudación impositiva. Esto mismo habían alertado la semana pasada desde la sede local del Consejo Profesional de Ciencias Económicas: “Las empresas no podrán acceder a las herramientas fiscales puestas a disposición por el Gobierno nacional, pero tampoco podrán pagar ni las tasas ni los impuestos provinciales o municipales”. Además, la Gobernación estudia también incluir en el pedido que la flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio incluya al rubro de la construcción y algunas actividades puntuales vinculadas con la metalurgia. Según la última actualización de las actividades que fueron a habilitadas para ser realizadas (algunas con restricciones muy estrictas y puntuales) fueron las siguientes: Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. Oficinas de rentas de las Provincias y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ESTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios

