ORDENANZA
Pueblo Belgrano adhirió al reglamento provincial de Turismo Activo
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La ordenanza, aprobada por unanimidad, crea el Registro Municipal de prestadores de actividades, paseos y excursiones. El objetivo es "estimular el fortalecimiento del turismo familiar y ampliar la oferta", expresa en los considerandos.
El Concejo Deliberante de Pueblo General Belgrano sancionó este martes por unanimidad la Ordenanza Nº 015/2019 de adhesión al Decreto Provincial Nº 4675/2018 que regula la propuesta de Turismo Activo de Entre Ríos. La normativa define al Turismo Activo como aquel que comprende las actividades de recreo, deportivas y de aventura que se realicen sirviéndose de los recursos que ofrece la naturaleza, ya sea en el medio terrestre, aéreo, acuático, subterráneo o urbano, y establece el régimen jurídico para su desarrollo. “Consideramos la importancia de avanzar en la adhesión a este decreto reglamentario de la Ley Provincial de Turismo a los fines de profesionalizar el sector y estimular su crecimiento. Hay nuevas propuestas, impulsadas por nuevos prestadores de servicios, que necesitaban un marco de regulación que las contenga, las contemple y que brinde seguridad a los usuarios”, argumentó la directora de Turismo, Soledad Weimer. La ordenanza contiene cuatro artículos y uno de forma. En el artículo 1º adhiere al decreto provincial que regula la actividad; en el artículo 2º crea el Registro Municipal de Turismo Activo, y en los artículos 3º y 4º determina el procedimiento de inscripción y establece como requisito previo la Habilitación Provincial. “El Municipio de Pueblo General Belgrano tiene como visión estratégica estimular el fortalecimiento del turismo familiar y ampliar la oferta turística que atraiga visitantes durante todo el año. Asimismo, se ha consensuado que el correcto funcionamiento de los recursos turísticos debe construirse bajo dos principios rectores: turismo responsable y turismo consciente”, expresa en los considerandos.
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