¿Qué está pasando en la red?
Jesús, un español de 47 años y dueño de un bar, en su tiempo libre mantiene una web sin ánimo de lucro con la sola intención de compartir enlaces a películas (elrincondejesus.com).
Por Félix Pons* y Yanina Welp**
OpiniónHace tres años la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) le inició una demanda por la comunicación pública y la reproducción de obras musicales "de manera ilegítima". El juicio a Jesús ha despertado un enfervorizado debate. ¿Comete un delito quién copia música y películas o pone enlaces en su web sin ánimo de lucro?La expansión de Internet ha tenido profundas consecuencias en el ámbito de la creación y difusión de todas aquellas obras que puedan traducirse a un soporte informático. La posibilidad de que cualquier persona pueda copiar y distribuir una obra por la red ad infinitum de forma sencilla y rápida ha generado una crisis en el modelo de producción y comercialización de bienes culturales. Por ejemplo, la industria musical española alega haber registrado un descenso continuo de sus ventas desde 2001; sólo en 2009 las ventas habrían bajado un 17% respecto del año anterior.En el otro extremo, un conjunto de la sociedad -en su mayoría jóvenes- ha adoptado rápidamente nuevos hábitos de consumo basados en la descarga y/o intercambio de películas y música. El conflicto entre estos nuevos consumidores y quienes ven atacados sus intereses ha llegado al terreno político con la aprobación de leyes "antipiratería" y su contratacara, la creación de partidos Pirata. Estos últimos han crecido en varios países, incluso cuentan con dos escaños en el Parlamento Europeo obtenidos por el Partido Pirata Sueco.Los objetivos que originaron los derechos de autor fueron proteger la dimensión moral (la titularidad) y la dimensión patrimonial (los derechos de reproducción) de una obra. Actualmente, la dimensión patrimonial se plasma en el copyright, que establece el período en el que los derechos de reproducción están restringidos al titular de la obra. Aunque varía entre países se ubica entre los cincuenta y los cien años, en Argentina, 60 años contados desde el año siguiente a la muerte del autor (poniendo en contradicción el objetivo de proteger e incentivar la creatividad).Este marco legal surge con el capitalismo, evolucionando más tarde según los intereses de las corporaciones hasta llegar al punto actual en el que los autores a menudo se ven obligados a transferir parte o la totalidad de sus derechos perdiendo el control de su obra. Es por ello que el debate se centra en varios frentes, por un lado se aboga porque el acceso a la información sea un derecho universal y que la protección de los creadores sea acorde a su inversión. Pero por otro, las grandes productoras promueven la creación de leyes más estrictas. Incluso contra la copia individual y sin fines de lucro, en un intento de mantener el modelo imperante.Diferentes países están desarrollando medidas para combatir las violaciones de los derechos de autor, pero no acuerdan sobre a quién perseguir y las medidas a tomar. Suecia y Francia han aprobado leyes para atajar la "piratería" con diferentes planteamientos. En Suecia la ley está inspirada para combatir las redes de intercambios entre personas (peer to peer, p2p). La parte afectada por una violación de sus derechos de autor podrá recurrir a un tribunal para pedir que se publique la identidad de la persona infractora y reclamar una indemnización. En el caso francés, a aquellos que realicen descargas ilegales se les podrá abrir un procedimiento administrativo que puede llegar a la suspensión temporal de su conexión a Internet.En España una reciente iniciativa busca combatir las webs que alojan contenidos no autorizados (como la web de Jesús). En este país, a diferencia de Suecia y Francia, no se consideran ilegales las copias privadas realizadas a través de redes p2p. El sistema francés es el que más controversia ha generado ya que muchos consideran que la desconexión a Internet vulnera derechos fundamentales, además, la ley obligará a analizar la información privada del denunciado que viaja por Internet para saber si sigue realizando descargas ilegales. Por ello, desde las asociaciones de usuarios se alerta contra las prerrogativas que se atribuyen a los gobiernos y la violación potencial a la privacidad y la libertad de expresión.Como ocurrió con la radio y la televisión, cada vez más personas acceden a internet y es de esperar que sean muchas más en el futuro próximo. Las leyes que buscan controlar el intercambio de ficheros sin ánimo de lucro podrían, sencillamente, estar luchando contra molinos de viento si no fuera porque para hacerlo se gastan muchos recursos públicos, se atenta contra las libertades y pueden cometerse abusos de poder. Quizá es hora de discutir nuevos modelos, mejor preparados para combinar el respeto a la privacidad, un acceso más equitativo a la cultura y una mejor protección de los creadores entendiendo que tal protección podría también liberarlos de la tenaza que la industria ha ido imponiendo sobre la creatividad.* español, especialista en Open Source.
** politóloga gualeguaychense radicada en Suiza.
Por Félix Pons* y Yanina Welp**
OpiniónHace tres años la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) le inició una demanda por la comunicación pública y la reproducción de obras musicales "de manera ilegítima". El juicio a Jesús ha despertado un enfervorizado debate. ¿Comete un delito quién copia música y películas o pone enlaces en su web sin ánimo de lucro?La expansión de Internet ha tenido profundas consecuencias en el ámbito de la creación y difusión de todas aquellas obras que puedan traducirse a un soporte informático. La posibilidad de que cualquier persona pueda copiar y distribuir una obra por la red ad infinitum de forma sencilla y rápida ha generado una crisis en el modelo de producción y comercialización de bienes culturales. Por ejemplo, la industria musical española alega haber registrado un descenso continuo de sus ventas desde 2001; sólo en 2009 las ventas habrían bajado un 17% respecto del año anterior.En el otro extremo, un conjunto de la sociedad -en su mayoría jóvenes- ha adoptado rápidamente nuevos hábitos de consumo basados en la descarga y/o intercambio de películas y música. El conflicto entre estos nuevos consumidores y quienes ven atacados sus intereses ha llegado al terreno político con la aprobación de leyes "antipiratería" y su contratacara, la creación de partidos Pirata. Estos últimos han crecido en varios países, incluso cuentan con dos escaños en el Parlamento Europeo obtenidos por el Partido Pirata Sueco.Los objetivos que originaron los derechos de autor fueron proteger la dimensión moral (la titularidad) y la dimensión patrimonial (los derechos de reproducción) de una obra. Actualmente, la dimensión patrimonial se plasma en el copyright, que establece el período en el que los derechos de reproducción están restringidos al titular de la obra. Aunque varía entre países se ubica entre los cincuenta y los cien años, en Argentina, 60 años contados desde el año siguiente a la muerte del autor (poniendo en contradicción el objetivo de proteger e incentivar la creatividad).Este marco legal surge con el capitalismo, evolucionando más tarde según los intereses de las corporaciones hasta llegar al punto actual en el que los autores a menudo se ven obligados a transferir parte o la totalidad de sus derechos perdiendo el control de su obra. Es por ello que el debate se centra en varios frentes, por un lado se aboga porque el acceso a la información sea un derecho universal y que la protección de los creadores sea acorde a su inversión. Pero por otro, las grandes productoras promueven la creación de leyes más estrictas. Incluso contra la copia individual y sin fines de lucro, en un intento de mantener el modelo imperante.Diferentes países están desarrollando medidas para combatir las violaciones de los derechos de autor, pero no acuerdan sobre a quién perseguir y las medidas a tomar. Suecia y Francia han aprobado leyes para atajar la "piratería" con diferentes planteamientos. En Suecia la ley está inspirada para combatir las redes de intercambios entre personas (peer to peer, p2p). La parte afectada por una violación de sus derechos de autor podrá recurrir a un tribunal para pedir que se publique la identidad de la persona infractora y reclamar una indemnización. En el caso francés, a aquellos que realicen descargas ilegales se les podrá abrir un procedimiento administrativo que puede llegar a la suspensión temporal de su conexión a Internet.En España una reciente iniciativa busca combatir las webs que alojan contenidos no autorizados (como la web de Jesús). En este país, a diferencia de Suecia y Francia, no se consideran ilegales las copias privadas realizadas a través de redes p2p. El sistema francés es el que más controversia ha generado ya que muchos consideran que la desconexión a Internet vulnera derechos fundamentales, además, la ley obligará a analizar la información privada del denunciado que viaja por Internet para saber si sigue realizando descargas ilegales. Por ello, desde las asociaciones de usuarios se alerta contra las prerrogativas que se atribuyen a los gobiernos y la violación potencial a la privacidad y la libertad de expresión.Como ocurrió con la radio y la televisión, cada vez más personas acceden a internet y es de esperar que sean muchas más en el futuro próximo. Las leyes que buscan controlar el intercambio de ficheros sin ánimo de lucro podrían, sencillamente, estar luchando contra molinos de viento si no fuera porque para hacerlo se gastan muchos recursos públicos, se atenta contra las libertades y pueden cometerse abusos de poder. Quizá es hora de discutir nuevos modelos, mejor preparados para combinar el respeto a la privacidad, un acceso más equitativo a la cultura y una mejor protección de los creadores entendiendo que tal protección podría también liberarlos de la tenaza que la industria ha ido imponiendo sobre la creatividad.* español, especialista en Open Source.
** politóloga gualeguaychense radicada en Suiza.
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