PUNTO POR PUNTO
Qué establece el decreto que habilitó las actividades culturales en Entre Ríos

A través del decreto 832/20, se autorizó la realización de actividades culturales al aire libre con capacidad limitada, talleres, ensayos, museos y bibliotecas bajo estrictos protocolos de salud. Los municipios habilitarán según la circunstancia sanitaria.
Con ciertas condiciones y protocolos aprobados por el COES, se permiten las Actividades culturales al aire libre con capacidad limitada; apertura de estudios de grabación y salas de ensayos musicales; actividades formativas y talleres artísticos; ensayos de las artes escénicas; apertura de bibliotecas, museos, archivos y galerías de exposición/venta de arte. Un punto muy importante en esta decisión gubernamental es que los municipios evaluarán la habilitación de acuerdo a su situación epidemiológica. En todos los casos se insta a verificar que las personas encuadradas como de riesgo para el COVID-19 no participen de las actividades de esta apertura. Es decir no participarán mayores de 60 años, o con problemas de salud mencionados en la Resolución 2020-207 del Ministerio de Trabajo de la Nación, fundada en el artículo 1° del Decreto N° 260 de fecha 12 de Marzo de 2020. La autorización provincial y los protocolos particulares que fueron evaluados por los integrantes del COES del Ministerio de Salud de Entre Ríos, tienen validez e incluyen la actividad en los espacios públicos, privados e independientes de la provincia. Cada una de las actividades se abren con la aprobación de un protocolo de Actuación para la Prevención y Control del COVID-19, que fue elaborado por la Secretaría de Cultura de la provincia con los aportes de distintos colectivos culturales. Entre otras medidas, se desprende la de extremar las reglas de higiene del personal y de los espacios, comunicar bien los cuidados, el uso de tapabocas, no compartir el mate, respeto de las distancias entre asistentes y no mantener contacto físico. Actividades culturales al aire libre con capacidad limitada Para espectáculos y actividades culturales de cualquier disciplina artística con acceso de público limitado, que garantice la distancia interpersonal, que sucedan al aire libre y con un plan de cuidado para los trabajadores y el público. Deben estar previamente avaladas por la autoridad jurisdiccional y el COES local. Se incluye la actividad de artistas callejeros que intervienen en la vía pública. Actividades en estudios de grabación y salas de ensayos musicales Comprende ensayos, grabación, edición, preproducción, producción, posproducción, mantenimiento, reuniones y desarrollo de proyectos. La cantidad de participantes en estos casos tiene un máximo 10 personas. Al mismo tiempo se deberá verificar que el personal encuadrado como de riesgo para el COVID - 19 no participe. Actividades formativas, talleres artísticos y ensayos de artes escénicas Se trata del grupo que comprende a talleres, seminarios, clases presenciales de: artes plásticas, artes visuales, letras, teatro, títeres, circo, murga, narración oral, danzas, artesanías, manualidades, artes audiovisuales. A su vez, se incluye en esta categoría a ensayos de elencos y/o grupos de artes escénicas (teatro, títeres, circo, murga, narración oral, danzas). En ningún caso se podrán realizar con más de 10 personas, y siempre garantizando la distancia interpersonal, sin contacto físico. Las clases o ensayos no deberán durar más de 60 minutos. Actividades en museos, archivos y galerías de exposición/venta de artes En este segmento están comprendidos los museos, cualquiera sea su tipología, las exposiciones de arte tanto públicas como las que se llevan a cabo en galerías privadas y los archivos provinciales o municipales. Se deberá implementar un protocolo de ingreso con sistema de turnos, medir la permanencia y tiempo de consulta de documentos, con la consigna de limitar la cantidad de personas a 10 (diez), siempre respetando el distanciamiento (2.25 m2 por persona). Apertura de bibliotecas Las bibliotecas del territorio provincial también volverán a su actividad. Están incluidas las instituciones con diversas funciones: culturales, sociales y educativas permitiendo el libre y voluntario acceso a la lectura, la investigación y el estudio. El protocolo aprobado detalla el procedimiento de apertura y contempla las áreas de atención a los usuarios, préstamo de libros e información; de documentación y depósito y las salas de estudio/lectura. Más detalles Se invita a la comunidad, a las y los trabajadores de la cultura a descargar y leer atentamente todas las recomendaciones de cada Protocolo por rubro correspondiente, disponible haciendo CLICK AQUÍ
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