RESTRICCIONES
Qué se permitirá y qué estará prohibido el fin de semana en Gualeguaychú

Este sábado y domingo volverán regir restricciones más severas en Gualeguaychú y en todo el país para intentar mitigar el crecimiento de contagios de coronavirus. La circulación será sólo de 6 a 18.
Tal como estaba estipulado, a partir de las 0 del sábado y hasta el último minuto del domingo, volverán en el país las medidas más estrictas de confinamiento. Quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial. Por otra parte, estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar (take away). Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas. Las medidas a aplicar -tal como estableció el Presidente aquel día- dependerán de la situación en la que se encuentre cada distrito del país, aunque en muchos de ellos, como Entre Ríos, regirán las normativas más estrictas. Los negocios como peluquerías, salones de belleza y otros servicios similares, donde los clientes necesariamente deben ingresar al establecimiento para ser atendidos, permanecerán cerrados. El transporte público seguirá siendo de uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales y solo se permitirá la circulación para actividades de cercanía, como ir a la farmacia o a comprar algo a algún local de la zona.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 334/2021 se establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y “solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios”. No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”. Sin embargo, se remarcó que “en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”. La única excepción a la prohibición de circulación nocturna, que regirá desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente será para los trabajadores esenciales, con el certificado correspondiente. Medidas aplicables a lugares en alto riesgo (Gualeguaychú) y en alarma epidemiológica Vigencia: los días 5 y 6 de junio. -Actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, turísticas, recreativas y sociales: sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo. -Permanencia en domicilios: las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios. -Salidas de esparcimiento: podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades. -Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales. -No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia. -Prohibición de circulación: desde las 18 hasta las 6 del día siguiente. -Gastronomía: sólo mediante delivery y take away. -Transporte público: quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación. Permisos Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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