Reclamaron acceder a la información pública
Invocando la vulnerabilidad de un derecho constitucional, el vocero de la Cámara de Taxistas de Victoria interpuso una acción de amparo para reclamar el acceso a la información pública.La presentación se efectuó después que se le negara, por vía administrativa, conocer los motivos y estudios que se realizaron para modificar, por decreto, la cantidad de licencias otorgadas para el servicio de transportes.Por vía judicial, la Cámara de Taxistas de Victoria pidió que la Municipalidad presente informes sobre el estudio de mercado que realizó para disponer, por decreto, ampliar el otorgamiento de licencias para taxis y remises.A través de una acción de amparo, Héctor Gómez, en representación de la entidad de nuclea a los taxistas, pidió que se desestime la decisión de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, por la que se "rechazó" un pedido de información pública que efectuó la entidad "a fin de tomar vista de las actuaciones administrativas que dieran lugar al dictado del decreto 09/11 del Ejecutivo Municipal, por el que se modifica el número máximo de licencias de taxis y remises".En la presentación, el taxista recordó que "el artículo 56 -último párrafo- de nuestra Constitución provincial habilita la acción de amparo frente a la negativa de los funcionarios públicos a acceder a información pública". Al justificar la presentación, Gómez dijo que al no proporcionarle la información requerida se le está "lesionando" sus derechos, consagrados en la Carta Magna provincial.Lo que la Cámara de Taxistas de Victoria cuestiona es la modificación que se le introdujo a una normativa que establecía el número máximo de licencias habilitantes para taxis y remises. El decreto en cuestión es el 09/11, por el que se estableció autorizar 35 nuevas licencias para taxis y 10 para el servicio de remis."Lo que nosotros queremos saber es cuáles fueron los estudios que se realizaron para establecer que hace falta más taxis y remis en la ciudad. Por eso pedimos por vía administrativa, primero, y por vía judicial después, acceso a la información pública. Se acudió a la Justicia porque el recurso administrativo se nos negó", consignó.Con la acción de amparo también se interpuso una medida cautelar, por la que se pedía dejar sin efecto el decreto; sin embargo, sobre este último punto, la Justicia no hizo lugar."Nos comunicaron que fue rechazada la medida cautelar, pero la acción de amparo sigue su curso. Así que vamos a esperar cuál es la decisión de la Justicia respecto a nuestro derecho al acceso a la información pública", señaló el taxista. Lo que dice la ConstituciónLa reformada Constitución provincial estableció el derecho al acceso informal y gratuito a la información pública. Uno de los artículos en cuestión, es el 13, que establece que se reconoce el derecho al acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, que estuviera en poder de cualquiera de los Poderes u órganos, entes o empresas del Estado, Municipios, Comunas y Universidades".Asimismo, en ese artículo se indica que "sólo mediante una ley puede restringirse, en resguardo de otros derechos que al tiempo de la solicitud prevalezcan sobre éste, la que deberá establecer el plazo de reserva de dicha información. La información será recopilada en el medio de almacenamiento de datos de acceso más universal que permita la tecnología disponible. Toda persona afectada en su honra o reputación por informaciones maliciosas, inexactas o agraviantes, emitidas en su perjuicio a través de un medio de comunicación social de cualquier especie, tiene el derecho a obtener su rectificación o respuesta por el mismo medio. La mera crítica no está sujeta al derecho a réplica. La ley reglamentará lo previsto en la presente disposición". Recinto Net
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