
La Prefectura invita a disfrutar de los río Uruguay y Gualeguaychú, teniendo en cuenta todas las recomendaciones
La Prefectura Gualeguaychú brindó a los vecinos una serie de recomendaciones ante el inminente inicio de la temporada estival. Continúa vigente el control de alcoholemia en las embarcaciones.Los bañistas deben concurrir siempre a lugares habilitados por las autoridades municipales ya que los mismos se encuentran especialmente delimitados, previamente verificados y asistidos por guardavidas; extremar el cuidado de los niños cuando ingresen al agua, obedecer las señales que indican el estado del agua y acatar las indicaciones de "Prohibido bañarse" en lugares no habilitados.En tanto, recordó que para la presente temporada estival se ha establecido, como zona de prohibición de la práctica de deportes acuáticos (moto de agua, jet ski windsurf, etc.), al sector comprendido entre los km. 19 (Club Pescadores), y 27 (Puerta del Sol) del Río Gualeguaychú, habilitándose a tales fines desde el Club de Pescadores aguas abajo hasta la altura del Km 12. (Vuelta del Sur) del Río Gualeguaychú.Pautas de seguridad para tripulantes de artefactos acuáticos deportivos: motos de agua. Usar siempre el chaleco salvavidas y demás elementos de seguridad reglamentarios, contar con la correspondiente habilitación expedida por la Prefectura, impedir que conduzcan menores no habilitados.Evitar navegar en condiciones de escasa visibilidad o desconociendo el pronóstico meteorológico, respetar áreas de navegación establecidas por la Prefectura y nunca navegar en proximidad de bañistas u otras embarcaciones. En proximidad de muelles, amarraderos o fondeaderos navegar a una velocidad tal que no ponga en riesgo las embarcaciones que naveguen próximas, se hallen amarradas o fondeadas.Kayak: usar siempre el chaleco salvavidas y demás elementos de seguridad reglamentarios, conocer el pronóstico meteorológico antes de la zarpada, verificar que el casco no presente vías de agua, contar con remo adicional a bordo y cabo de rescate, remar alejado de buques.En caso de vuelco nunca abandonar el kayak, el mismo posee reserva de flotabilidad, los menores de 18 años deberán navegar acompañados por mayores.Tablas a vela: usar siempre el chaleco salvavidas, cabo de seguridad y demás elementos de seguridad reglamentarios, navegar siempre en pareja, con luz diurna y en áreas habilitadas por la Prefectura.Cruceros y velerosCon relación a las lanchas, cruceros y veleros, la Prefectura aconseja a los tripulantes llevar a bordo de las embarcaciones deportivas y de placer, la totalidad de los elementos de seguridad dispuestos en la Ordenanza Marítima N° 01/73, como así también transportar los chalecos salvavidas y de corresponder los circulares, en lugares visibles o de rápido acceso, debiendo poseer cantidades y tamaños acorde al número de personas a bordo.Evitar navegar cerca de la costa del Río Gualeguaychú debido a la gran presencia de troncos y piedras en su fondo, especialmente donde se halla ubicado el islote Martín Chico (Altura Km. 19,5 R.G.) y frente al ex frigorífico Gualeguaychú (altura Km. 19,8 al 20,5 R.G.).En la desembocadura del Río Gualeguaychú en el Río Uruguay, desde el km 5 hasta el Km 3,900 se extienden las escolleras que demarcan el canal de ingreso/egreso al Río Gualeguaychú, las citadas escolleras están construidas con piedras y quedan sumergidas al registrarse una altura de agua en el Hidrómetro perteneciente a Puerto Boca del Gualeguaychú de entre 1,20 a 1,50 metros, constituyéndose de esta manera un peligro real para la navegación. Se encuentran Balizadas: ingresando desde el río Uruguay a la altura del Km. 94, posee dos boyas habiéndose colocado una Boya de color rojo en la escollera Norte y otra Boya de color verde en la Sur.En proximidad de balnearios, playas, muelles, amarraderos o fondeaderos navegar a una velocidad tal que no ponga en riesgo personas o embarcaciones que se hallen amarradas, fondeadas o naveguen próximas.Se aconseja a la comunidad en general, no arrojar desperdicios al Río tales como: Botellas, vasos, bolsas, envoltorios de paquetes de cigarrillos, etc.Control de alcoholemiaEl 1° de diciembre de 2010 se produjo la implementación de las ordenanzas en relación al "Control de alcoholemia a conductores de embarcaciones náuticas deportivas, artefactos acuáticos tipo moto o similar y al personal de la marina mercante nacional en jurisdicción de la Prefectura Naval Argentina".Se labran las correspondientes actas de infracción al detectarse valores de alcohol en sangre, mayores a los permitidos: 500 miligramos por litro de sangre- valor máximo para embarcaciones deportivas; 200 miligramos por litro de sangre -valor máximo para artefactos acuáticos; 0,0 miligramos por litro de sangre- para Marina Mercante.En caso de dudas y/o consultas dirigirse a esta Prefectura Gualeguaychú, sita en calle Leandro N. Alem N° 504 (TE: 424213 - FAX: 426017). Además, se encuentra disponible y en servicio el Número Gratuito "106"en caso de requerir asistencia ante cualquier "emergencia náutica".