Reemplazarán 300 nomencladores de calles
Estarán construidos de chapa galvanizada gruesa y serán de color verde inglés. Los primeros estarán listos para su colocación en los próximos días, comenzando por el radio céntrico. La Dirección de Planeamiento municipal rubricó ayer un convenio cuya duración es de ocho años, para la provisión de 300 nomencladores por parte de la "Empresa Ingani" con "la prioridad y la exclusividad de usar el espacio público del nomenclador para color publicidad".El acuerdo establece un cronograma en tres etapas, la primera comprende la colocación de 100 nomencladores en los primeros noventa días, 100 más a los ciento ochenta días y los últimos a los doscientos sesenta días, destacando que en días más se entregarán los primeros para proceder a su colocación, uno por esquina, priorizando las arterias principales calles 25 de Mayo, Urquiza y San Martín avanzando luego hacia los laterales desde Costanera hasta Avenida Parque. ConvenidoEl convenio, rubricado por el intendente, Juan José Bahillo y el Secretario de Gobierno, Germán Grané, por la comuna y Alberto Ramón Ingani, en su carácter de "permisionario", tiene por objeto conceder la confección e instalación de los nomencladores que indican los nombres de las arterias de esta ciudad, conforme los términos y condiciones, que se consideran en el Decreto Municipal N° 1126/2010 de fecha 2 de julio de 2010. El mismo da cuenta del llamado a Licitación Pública para la provisión instalación, mantenimiento y conservación de carteles de señalética vial urbana con nomenclatura de arterias en avenidas y calles principales de Gualeguaychú, no presentándose ningún oferente en la oportunidad prevista, resultando desierto el mencionado llamado.
Por ese motivo, el Departamento Ejecutivo, ante la necesidad de proveer en forma inmediata al señalamiento de calles y avenidas, dado el fluido movimiento vehicular y por ser un servicio primario básico para las personas, en lo que respecta a información y orientación del sentido del tránsito, nombre y numeración de arterias, considera de vital importancia la incorporación de nomencladores indicativos.De tal manera, ha existido inquietud de un particular quien, a la par de ofrecer este servicio, se vería compensado con la explotación de publicidad en carteles de señalización. Por ese motivo, en función de lo previsto por la Ordenanza N° 9883/92, que alienta la señalización de calles y avenidas de la ciudad de Gualeguaychú, se conviene en celebrar el presente convenio de permiso de uso con fines publicitarios en nomencladores de calles. Datos importantesEn el acuerdo se agrega, además de lo ya mencionado, que "los gastos de trabajo de pintado y/o estampado y/o ploter de publicidad de los nomencladores será a exclusiva cargo y costo del permisionario" y que "en representación del municipio actuará la Secretaria de Planeamiento Urbano, Arquitecta Amalia Peroni".Posteriormente especifica que "los nomencladores que el permisionario se obliga a entregar al Municipio, deberán tener las siguientes características: a) Se compone de una placa galvanizada enteriza de 1.00 x 0.35 mts. de 1.6 mm. de espesor, con una planchuela de sujeción. b) Espacio para publicidad de 0.65 x 0.10 mts. en ambos lados en la parte superior. c) Columna metálica de 2 ½¨ de diámetro x 3.60 mts. de alto x 3.2 mm. de espesor. d) Bulonería zincada. e) Pintura antióxido Alquid Uretano fósforo, zinc, rojo. Código FMA 02.734 Marca Resín SA, diluido con thiner y aplicado con dos manos a pincel. f) Esmalte sintético 'alto rendimiento' verde inglés SORBALOCK pintado a soplete, todo de conformidad al diseño previsto en el Anexo 1". En tanto "la mano de obra de colocación de los nomencladores correrá por cuenta de la Municipalidad, bajo la coordinación de un funcionario jerárquico de la Secretaría de Planeamiento".El convenio establece también que "una vez instalados definitivamente la totalidad de los nomencladores, el permisionario podrá colocar publicidad en el resto de los nomencladores", quedando "a su exclusivo cargo llevar adelante la reparación y/o reposición necesaria de los mismos, quedando en idénticas condiciones que los nomencladores objeto del presente, previo a la colocación de la publicidad" y se lo "obliga a la reposición, recambio y/o reparación de los nomencladores que utilice con fines comerciales publicitarios, a razón de un diez (10 %) por ciento por año de la cantidad de nomencladores en uso, cuando existiere faltante, roturas y/o deterioro de los mismos". ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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