
Los sobres contienen las producciones en el género poesía, y la apertura de los mismos se efectuará ante Escribano Público. Es un certamen implementado por la Dirección de Cultura y el HCD.Hoy martes, a las 10,30 horas, la Dirección de Cultura y el Honorable Concejo Deliberante procederán al registro, ante escribano público, de los sobres presentados para el "Premio Literario Municipal" en el género Poesía.Gualeguaychú históricamente, en lo que respecta a la literatura, se ha destacado no sólo por la gran cantidad de trabajos realizados, sino también por la calidad de los mismos. Por este motivo, la Dirección de Cultura y el H.C.D. consideran necesario implementar en el ámbito Departamental un concurso literario que impulse y fortalezca la producción literaria local.En esta oportunidad, se procederá la recepción y posterior registro de las distintas producciones literarias correspondientes al género poesía, como una manera de generar transparencia y certeza para los distintos autores que participan. Luego de esto, se realizará la publicación en la agenda cultural con el detalle de la nómina de los trabajos presentados. Los premiosSegún la Ordenanza 11204/08, por la que se implementa el "Premio Literario Municipal", quien resulte seleccionado con el primer puesto obtendrá "la edición de ochocientos ejemplares, de los cuales el 20% se entregarán sin cargo al autor, a los restantes, el Honorable Concejo Deliberante los podrá disponer para difusión preferentemente en bibliotecas, museos, archivos oficiales o para intercambio con similares de otros Departamentos, Provincias o con destino a publicaciones periódicas a efectos de su difusión", tal como lo expresa el artículo 23.En tanto, en los dos siguientes artículos se menciona que "la edición de la obra premiada deberá efectuarse, como máximo, dentro del año de producido el dictamen del jurado", y que "la impresión de una segunda edición podrá efectuarse por convenio entre el autor y el Honorable Concejo Deliberante o quien en su representación designe".En el caso que el autor ganador hubiese fallecido, se establece que "sus descendientes directos o cónyuge supérstite, recibirán el cuarenta por ciento (40%) de los ejemplares editados, a los restantes el Honorable Concejo Deliberante los podrá disponer para difusión de los autores", de la mima manera que lo indica el artículo 23°.La norma además deja expresamente aclarado que los premios no pueden ser compartidos.