Reiteran pedido de información por contrataciones directas
A instancia del bloque del Nuevo Espacio, el Concejo Deliberante insiste en un pedido de información al Poder Ejecutivo respecto de las contrataciones directas a empresas de comunicación.
El Cuerpo aprobó una Minuta de Comunicación en la que insiste por una respuesta del Poder Ejecutivo al Pedido de Informes Nº 4 de 2008, que generara el expediente nº 3145/08 del Concejo Deliberante. Específicamente señala que “vería con sumo placer que el Presidente Municipal, Juan José Bahillo, cumpla con los deberes que le impone la ley 3001, en su artículo 113º, inciso 2º respecto del aludido Pedido de Informes.
El decreto del Poder Ejecutivo Nº 723/08 mediante el cual se realiza la contratación en forma directa, vía excepción, del Servicio de Asesoramiento y Producción de la Comunicación a la Empresa “Babilonia Comunicación de Empresas” por la suma total de veintisiete mil pesos ($ 27.500,00) pagaderos en once cuotas mensuales iguales y consecutivas de dos mil quinientos pesos ($2.500,00) a partir del mes de febrero hasta el mes de diciembre de 2008, generó el pedido de informes que no tuvo respuesta.
Mediante el Decreto 530/09 se renueva la contratación directa, vía de excepción, de la firma “Babilonia Comunicación de Empresas” por un monto de treinta mil pesos ($30.000), desde enero a diciembre de 2009.
En los considerandos de la Minuta recuerdan que la Ley 3001 en su articulo 102º expresa textualmente, refiriéndose al Honorable Concejo Deliberante, que "El mismo Cuerpo, con la aprobación de dos de sus miembros, puede pedir al Departamento Ejecutivo, en cualquier época del período de Sesiones, los datos, informes o explicaciones que sean necesarias para el mejor desempeño de sus funciones, los que deberán ser suministrados por escrito o verbalmente por el Presidente de la Municipalidad” lo que se ha hecho ya en el mes de marzo del 2008.
El artículo 104º de dicha norma, en su inciso 10º, expresa que son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante “pedir al Jefe del Departamento Ejecutivo o a los Secretarios del mismo, los informes que necesite para conocer la marcha de la administración o con fines de legislación. Esta facultad no podrá ser delegada a sus comisiones. A los efectos de un ordenamiento, el Presidente del Concejo deberá implementar la adecuada metodología para que los pedidos de informes a que se hace referencia, sean remitidos en conjunto al Departamento Ejecutivo, una vez por mes si los hubiera”, estipula.
Recuerdan que la Ley 3001 en su artículo113º, inciso 2º, en lo que respecta a los deberes del Presidente de la Municipalidad, especifica que debe “suministrar al Concejo Deliberante –en concordancia con el inciso 10° del Artículo 104° – de manera, fundada, y detallada, todos los informes, datos y antecedentes que este le requiera sobre asuntos municipales, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días hábiles de solicitado”
Ese plazo de días hábiles fue superado y por esto es que desde el Nuevo Espacio vuelven a insistir.
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