Retoman el análisis del proyecto que extiende las licencias por maternidad

La Comisión de Salud del Senado se reunió ayer y avanzó con el análisis del proyecto que extiende las licencias por maternidad a las empleadas públicas de los tres poderes del Estado provincial, que viene con media sanción de Diputados.Además se analizó "la creación de un comité de bioética", iniciativa del senador mandato cumplido César Melchiori.En el marco de la ley 9755, que define las licencias por nacimiento de hijos para empleados estatales y a la luz de los cambios en el Código Civil, el Senado se propuso analizar el proyecto con media sanción de Diputados, que propuso en su momento Laura Stratta y que se unificó con una iniciativa del Ejecutivo.Se trabajó sobre los cambios al régimen de licencia por nacimiento de hijo o por adopción. En el marco del diálogo la senadora Miranda adelantó la presentación de un proyecto de ley referido a los términos de la licencia a otorgar por duelo. Desde el Cuerpo Permanente de Asesores, la doctora Verónica Uzín presentó un análisis pormenorizado de ambos proyectos. Además se trabajó en una iniciativa del senador MC César Melchiori, que promueve la conformación de un "Comité Central de Bioética".El proyecto de ley que "establece el Régimen de licencias por nacimiento de hijo o por adopción, para todos los empleados públicos de los tres Poderes del Estado Provincial, en sus diferentes jerarquías, independientemente de su antigüedad y situación de revista, quedando comprendidos los empleados de los organismos centralizados y descentralizados".Se trata de una iniciativa que modificaría la ley que reglamenta el empleo público. "La ley vigente no es la que remite el proyecto en estudio, sino que es la 9755", explicaron.El proyecto en discusión propone que la licencia por maternidad de toda trabajadora será de 180 días corridos, con goce de haberes, previa acreditación del embarazo en la forma y en el plazo que reglamentariamente se establezca.Agrega que en caso de nacimientos pre término el plazo será idéntico y se acumulará al descanso posterior al parto todo el lapso de licencia no gozado antes de aquél, hasta completar los 180 días corridos.La licencia por maternidad se otorgará 30 días antes de la fecha estimada de parto.La trabajadora podrá optar excepcionalmente por reducir el plazo de licencia pre parto a 15 días corridos.Para el caso de matrimonio igualitario, en el que ambas sean empleadas públicas, la otra integrante de la pareja gozará de 15 días corridos posteriores al parto de su cónyuge, con goce de haberes. En caso de nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia por nacimiento de hijo será de 25 días corridos.El expediente tiene dos proyectos que fueron unificados y se prevé que habrá que analizarlo a la luz del nuevo código civil, lo que implicaría incluso ampliar los derechos previstos. Se hizo un análisis de los alcances del artículo 52 de la ley 9755. El Senador Giano señaló que sería interesante analizar la posibilidad de modificar este artículo, adaptándolo a la realidad. (APF)
ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
ACCEDÉ A ÉSTE Y A TODOS LOS CONTENIDOS EXCLUSIVOSSuscribite y empezá a disfrutar de todos los beneficios
Este contenido no está abierto a comentarios