JUSTICIA
Robo a mano armada en un kiosco de la ciudad: condenaron al ladrón
Mario Javier Lenciza, de 28 años, fue condenado por el robo con arma de fuego que protagonizó el sábado 7 de marzo en el kiosco “Juanki”, ubicado en la rotonda de Sarmiento y Del Valle. Es la segunda condena en Gualeguaychú en el marco del aislamiento obligatorio. Eran las siete de la tarde del sábado 7 de marzo. El primer fin de semana luego de terminado el Carnaval del País y la temporada de verano. Gualeguaychú comenzaba su “año hábil” y recuperaba la tranquilidad que llega con el otoño. Pero, ese mismo día, en ese momento, Mario Javier Lenciza (28) ingresó, con un arma en la mano, por la única puerta del kiosco/despensa “Juanki”, ubicado en la rotonda de Sarmiento y Del Valle. Justo en la esquina. “Dame la plata”, reclamó, y levantó el arma. Pasaron unos pocos segundos, y salió con algunos miles de pesos (entre 6 y 7 mil, según declaró el dueño del comercio). Pero el delincuente quedó registrado por cámaras de seguridad. La investigación avanzó, se sumaron otras pruebas y el fiscal Mauricio Guerrero pidió el allanamiento a la vivienda del sospechoso (fueron dos, en total), donde encontraron el mismo pantalón del hecho y el cinto, entre los elementos vinculados a la causa. No así, el dinero robado ni el arma del asalto. Esto último terminó siendo un atenuante: no se pudo acreditar la aptitud para el disparo, es decir, la posibilidad real de matar o, al menos, de disparar un arma de fuego. No hubo ni un tiro. La pistola pudo haber sido de utilería, podría haber estado descargada, o no. Al no ser parte de la prueba, nada de esto se logró probar. La condena acordada con Lencina, en el juicio abreviado que encabezó el juez Tobías Podestá, fue de tres años de cumplimiento efectivo Lencina había cumplido con una condicional (no hay encierro) de un año y medio en 2014, por un robo. En este sentido, es importante saber que existe una teoría jurídica que entiende que en los casos que las condicionales superen los diez años de dictadas la persona puede tener una segunda; mientras que, hay otra que sostiene que nunca se pueden dictar dos condenas de cumplimiento condicional a una misma persona. Igualmente, en el caso en cuestión pasaron seis años, por lo que la condena acordada con Lencina, en el juicio abreviado que encabezó el juez Tobías Podestá, fue de tres años de cumplimiento efectivo. Pena que cumplirá en la Unidad Penal N°9 “Colonia El Potrero”. El primer caso de la cuarentena A partir de una denuncia anónima, el diciembre se comenzó a investigar un caso de venta ilegal de droga. Con las pruebas necesarias, se realizó un allanamiento, en el que se detuvieron a cuatro personas y se secuestraron proporciones menores de cocaína, listas para comerciar. La semana pasada tuvo lugar la condena, la primera de Gualeguaychú desde que se decretó el aislamiento social preventivo y obligatorio. Bajo el paraguas de la Ley de Narcomenudeo, fueron condenados los cuatro detenidos: Uno, el autor, deberá cumplir 4 años y 3 meses de prisión en la Unidad Penal N°2. Mientras que los otros tres, considerados partícipes secundarios, fueron condenados por el juez Ignacio Telenta a tres años de prisión condicional, por lo que, si no suman una segunda causa judicial, permanecerán en libertad. Intervino en ambas causas el fiscal Mauricio Guerrero.
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