Se creó en Entre Ríos el Observatorio de los derechos de personas con discapacidad

El Ejecutivo promulgó la ley que crea el Observatorio de los derechos de las personas con discapacidad, en el ámbito del Instituto Provincial de Discapacidad. Estará integrado por organizaciones de y para personas con discapacidad, y por representantes de organismos gubernamentales.El gobernador Sergio Urribarri promulgó bajo el número 10400 a la ley que crea el Observatorio, que funcionará en el ámbito del Iprodi y tendrá el objetivo de "promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo".Según se lee en la norma, este Observatorio "se encargará de la recopilación, sistematización, actualización y difusión de la información en materia de discapacidad".Sus funciones serán "compilar, analizar, registrar, sistematizar y difundir la información, investigaciones, estudios de situación y datos en materia de discapacidad"; coordinar acciones con otros organismos y observatorios; evaluar los resultados alcanzados en la aplicación de las políticas y las acciones propuestas; y elaborar informes sobre el seguimiento de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito local.El Observatorio estará integrado "por organizaciones de y para personas con discapacidad con personería jurídica vigente en la provincia" y por organismos gubernamentales. En ese sentido, el texto de la ley precisa que "son miembros los representantes de cada organismo de gobierno, del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, organismos descentralizados y autárquicos, de Municipios y Juntas de Gobierno, de los colegios de profesionales, de las universidades, de las Defensorías del Pueblo, de las asociaciones gremiales y empresariales, y de otros ámbitos de trascendencia en la materia que el Consejo considere pertinentes". Todos los integrantes "serán designados por los funcionarios o autoridades que representen al organismo o institución respectiva, con carácter de ad honorem".En tanto, se establece que de la primera reunión anual del Observatorio "resultará el representante por organización social ante el Consejo Federal de Discapacidad", quien será elegido "por el voto directo de las distintas organizaciones de y para personas con discapacidad".Consejo AsesorLa ley 10400 también crea el Consejo Asesor de Discapacidad en el ámbito del Iprodi, "como órgano que favorezca el diseño de políticas públicas en la materia, como órgano consultivo con participación ciudadana y funciones de asesoramiento integral en materia de discapacidad a organismos oficiales, municipios y juntas de gobierno, y organizaciones sociales relacionadas a la temática de la discapacidad y de los derechos humanos, como a cualquier entidad que lo requiera".En rigor, el Consejo Asesor de Discapacidad fue creado en 2008 por el artículo 6° de la ley N° 9891, de Discapacidad. De hecho, ya se encuentra en funciones y su última asamblea se efectuó el 2 de octubre pasado.Ahora, el artículo 6° de la ley 9891 es derogado por la nueva ley 10400, que dispone que el Consejo esté conformado "por los funcionarios que ejerzan la autoridad en la materia en el más alto nivel en la Provincia, por los municipios que hayan conformado el área, dirección, secretaría y/o Consejo Municipal de Discapacidad. Su conformación será la de un miembro por departamento". Detalla además que se "estará integrado por miembros permanentes, consultores e invitados" y será "dirigido y administrado por un presidente titular y un presidente alterno". Todos los miembros del Consejo tendrán mandato por dos años y podrán ser reelectos por igual período, por única vez.Este organismo tiene la función de "analizar la situación actual de las personas con discapacidad y detectar los obstáculos que dificultan la plena inclusión social". Además deberá "apreciar los aspectos de la discapacidad comunes a toda la provincia y los particulares de los municipios y de las diferentes zonas"; "evaluar periódicamente los resultados alcanzados en la aplicación de las políticas y las acciones propuestas", entre otras.Respecto a su modalidad de trabajo, el texto de la norma señala que el Consejo funcionará a través de asambleas ordinarias, asambleas extraordinarias, reuniones zonales y reuniones de las comisiones de trabajo; y que podrán crearse comisiones de trabajo transitorias o permanentes. Que se expresará mediante dictámenes, recomendaciones y resoluciones, e invitará a los municipios a adherir a las mismas. Y que contará con una secretaría administrativa, la cual tendrá como funciones llevar las actas de las asambleas y el registro de dictámenes, recomendaciones y resoluciones, notas y otras comunicaciones.Por último, la ley 10400 dispone que los gastos de funcionamiento del Consejo Asesor se imputen al presupuesto asignado al Iprodi.La norma fue sancionada por la Legislatura provincial el 1° de octubre pasado y se promulgó el 22 de ese mismo mes. La publicación en el Boletín Oficial data del 25 de noviembre. (fuente: APFDigital)
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