Seguirán con prisión domiciliaria dos policías acusados de sedición
La Cámara de Casación Penal resolvió no hacer lugar al recurso interpuesto por los defensores de dos policías acusados del delito de sedición en Concordia. Por tal motivo, seguirán cumpliendo prisión preventiva domiciliaria. La Cámara de Casación Penal resolvió "no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por los defensores de Alfredo Imaz y Luis Alberto Gómez, miembros del grupo de policías acusados del delito de sedición en Concordia, contra la resolución de fecha 14 de mayo de 2014 del Tribunal de Juicios y Apelaciones, que entendió que la prisión preventiva que venían manteniendo los imputados debía ser cumplida en la modalidad domiciliaria, la que en consecuencia se confirma", indicaron fuentes policiales.La Cámara, integrada por Hugo D. Perotti, Marcela A. Davite y José M. Chemez, dio a conocer la sentencia por la cual no se hizo lugar al recurso de casación presentado en la causa caratulada "Zaragoza Carlos Daniel y Otros s- Sedición s/ Recurso de Casación".El recurso fue presentado por los doctores Enrique Oscar Bacigaluppe, abogado defensor de Alfredo Imaz, y Edelmiro Jesús Diaz Vélez, abogado defensor de Luis Alberto Gómez, contra la Resolución de fecha 14 de mayo de 2014 del Tribunal de Juicios y Apelaciones de la ciudad de Concordia, que entendió que la prisión preventiva de los imputados debía ser cumplida en la modalidad domiciliaria.La Cámara de Casación, por unanimidad, resolvió no hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto, confirmando de esta manera la Resolución del Tribunal de Juicios y Apelaciones de la ciudad de Concordia.En su voto, la doctora Davite señala que "de manera acertada el Sr. Vocal de Cámara al modificar la modalidad de la restricción de libertad y disponer la prisión domiciliaria tuvo en cuenta parámetros de necesidad, proporcionalidad y última ratio demostrando, con buenas razones, la inutilidad del encierro en los distintos lugares en los que se encontraban detenidos", señalaron desde el servicio de comunicaciones de Tribunales.Más adelante destaca que el Sr. Juez de Garantías "resolvió atinadamente aplicar la modalidad domiciliaria con el objetivo de proteger a los testigos que aún deben ir al debate, destacando especialmente que la libertad de los imputados puede influir en su ánimo de manera negativa, concretamente que podría frustar que los testigos declaren con la mayor tranquilidad y libres de amenazas como las que se virtieron en algunos casos personalmente, en otros telefónicamente, por vía de redes sociales o incluso utilizando a familiares".
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