Un condenado por abusar de sus sobrinas fue sobreseído porque la "causa prescribió"
El Superior Tribunal de Justicia decidió el sobreseimiento de Carlos Antonio Ríos, un reconocido bioquímico de 62 años oriundo de Concordia, que había sido condenado en varias instancias judiciales por abusar sexualmente de sus sobrinas durante varios años cuando aún eran niñas. Una vez que cumplieron la mayoría de edad, las víctimas decidieron denunciarlo y la Justicia les dio la razón.Sin embargo, tras un pedido de impugnación extraordinaria interpuesto por la defensa, en los últimos días se supo que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) decidió su sobreseimiento bajo el argumento de que "la causa prescribió".Ríos había sido sentenciado por el delito de "abuso sexual gravemente ultrajante agravado en concurso real" y su defensa se centró en decir que el delito, como fue cometido durante algunos años de la década de 1990, había prescripto. Pero fueron varios los jueces que rechazaron su pedido, hasta que finalmente la última instancia le dio la razón.Durante todo el proceso se puso en discusión la denominada Ley Piazza, normativa impulsada por el famoso diseñador. Se trata de una modificación del Código Penal introducida en 2011 que amplía los plazos de prescripción de los delitos contra la integridad sexual de los menores de edad.A grandes rasgos, el cambio establece que los tiempos de caducidad de estos delitos comienzan a correr una vez que la persona abusada cumple los 18 años de la mayoría de edad, ya que es a partir de allí que la víctima llega a la maduración y puede contar si padeció el abuso de un mayor. Fue allí que la querella puso el énfasis y hasta la semana pasada le había servido, pues las apelaciones presentadas por la defensa del abusador habían sido rechazadas.Ríos había sido condenado en todas las instancias judiciales y hasta llegó a Casación, la última instancia antes de recurrir al Superior Tribunal, que consideró que la Ley Piazza es posterior.No puede aplicarseEn ese sentido, el Tribunal apuntó contra el fallo de una de las vocales de Casación (Marcela Davite) que había rechazado el pedido de Ríos. En la sentencia, el STJ dice que "la juzgadora queda atrapada en una falacia haciendo una aplicación retroactiva de la Ley Piazza y ese voto en sí es inválido". Si la prescripción no estaba vigente en ese momento, no puede aplicarse de manera posterior", argumentó. El fallo fue firmado por Daniel Carubia (presidente); Claudia Mizawak (vocal) y el también concordiense Miguel Giorgio.
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