Un hombre se convirtió en el condenado 28 por violencia de género del 2016
Los casos de violencia de género se repiten a diario y a lo largo del año se han triplicado las condenas con respecto al 2015. El jueves fue condenado el imputado 28° por incurrir en este delito.Un hombre de 50 años recibió la pena de 1 año de prisión condicional por los delitos de "lesiones leves doblemente agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantiene una relación de pareja y con violencia de género, y amenazas reiteradas".El 6 de diciembre pasado, el hombre y su esposa mantuvieron una fuerte discusión en donde el hombre comenzó a gritarle todo tipo de insultos, refiriendo el tema económico como causal.En el interior de la habitación que compartían en el barrio Molinari, el condenado continuó amenazando a su mujer hasta que ella prefirió poner un punto final, aduciendo que se iría. A esto, el imputado la golpeó con su puño debajo del ojo izquierdo y le dijo: "vos no te vas nada". La situación fue interrumpida por tres de las hijas de la pareja, una menor y la otra discapacitada, que salieron en defensa de la víctima. "Vos no le pegas más a mamá", y todas decidieron abandonar la casa y realizar la denuncia, en donde se constató las lesiones causadas.Al día siguiente, por la mañana, la policía y un representante del Juzgado de Familia concurrieron a la vivienda a notificarle la exclusión del hogar, de merodeo y la prohibición de realizar actos molestos contra la damnificada."Qué quiere mi mujer, que me pegue un tiro", fue la primera respuesta a la requisitoria judicial, pero luego comenzaron las amenazas: "si la vuelvo a ver la voy a volver a golpear", y "si la agarro en la calle la mato". Ante ello, fue trasladado al imputado a Jefatura Departamental y en la sede policial se cruzó con la mujer y le realizó una nueva amenaza diciéndole: "cuando te vea te mato", entre otros insultos y agravios.Se le impusieron reglas de conducta por dos años, como ser la realización de un tratamiento psiquiátrico/ psicológico por el tiempo que resulte necesario, pudiendo extenderse a toda la condena y cuyo cumplimiento deberá ser acreditado; mantener la exclusión del hogar y prohibición de ingreso dispuesta por el Juzgado de Familia y la prohibición de efectuar cualquier acto molesto, de violencia o de intimidación psíquica o física para con la denunciante.
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