Uruguay violó el Estatuto pero Botnia sigue
Un fallo que muchos anticipaban pero desde ambos Estados se afirmaba que nadie conocía la decisión. Lo cierto es que ayer martes 20 de abril la Corte Internacional de La Haya hizo público su veredicto sobre la denuncia de Argentina contra el Uruguay por la construcción y funcionamiento de Botnia.Por Rubén SkubijY Gualeguaychú, ciudad que desde hace años viene bregando para el retiro de la misma de esta cuenca, vivió una jornada especial. De allí que alrededor de tres mil personas se acercaron a Arroyo Verde a seguir las alternativas provenientes de Holanda.La lectura del análisis, interpretación y el fallo duró dos horas y 20 minutos, tiempo en que se dejó en claro que Uruguay violó el Estatuto del Río Uruguay firmado con nuestro país en 1975. No cumplió con su obligación de informar y notificar lo que determina dicho Estatuto al autorizar en forma unilateral la construcción de la papelera finlandesa.Para los jueces internacionales, al aprobar los estudios de impacto ambiental sin contar con la anuencia del Estado argentino mediante la CARU, Uruguay dio preeminencia a su derecho local por encima del derecho internacional vigente. De conformidad con la Corte, ni Argentina ni Uruguay pueden otorgar autorización ambientales sobre proyectos que podrían afectar sensiblemente la calidad de las agua del Río Uruguay si la CARU no se ha expedido favorablemente al respecto o no ha presentado objeciones. Es decir, la decisión de la CARU es anterior y tiene supremacía sobre la resolución unilateral del Estado.Sin embargo, no hubo sanción de ningún tipo para el Uruguay lo que provocó malestar (ver aparte).En dicho fallo (salomónico) se consideró que todas las pruebas presentadas por Argentina con relación a la contaminación de la planta, no son suficiente. Es más, se mencionó en varias oportunidades lo elevado por el Estado uruguayo para llegar a dicha conclusión. Además, en virtud de que la cesación de la actividad o su traslado sería desproporcionada conforme el criterio del Tribunal, se entendió que el reconocimiento de que el Uruguay quebrantó el Estatuto es compensación suficiente para la Argentina. Se concluyó que "las obligaciones sustantivas establecidas en el Estatuto no fueron vulneradas".Esto es preocupante porque la actitud irresponsable del Uruguay -dicho a partir de ser considerado país violador de un Estatuto para La Haya-; deviene en un futuro desalentador en materia de protección del ambiente, del río y la naturaleza dado que los hechos que se consolidan con el correr de los años no merecen un reproche o reto -por lo menos- por parte de la justicia internacional.La Corte ordenó a ambos Estados a llevar a cabo de manera conjunta un estudio de impacto ambiental cuyo contenido deberá ser determinado en la CARU. Análisis y documentoEl Grupo Técnico y Legal de la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú siguió en el interior del refugio la lectura. Luego formuló un primer análisis leído a toda la prensa por Osvaldo Fernández."Primero, la Corte declaró la violación de los artículos 7 al 12 del Tratado del Río Uruguay por parte del Estado uruguayo lo que significa que la instalación de Botnia es ilegal. Pendiente el conflicto entre Argentina y Uruguay y existiendo negociaciones se continúo con la construcción de Botnia violando la buena fe. Las violaciones producidas por Uruguay impidieron que Argentina fuera informada y notificada de los proyectos de papelera.Segundo: del fallo surge la ratificación de la aplicación del Estatuto del Río Uruguay y las obligaciones que asumen a futuro tanto Argentina como Uruguay en el marco de la Comisión Administradora del Río Uruguay.Tercero: teniendo en cuenta la declaración de ilegalidad de Botnia por parte de la Corte, consideramos que la falta de sanciones como consecuencia de tal ilícito no es satisfactoria para esta asamblea.Cuarto: la decisión de la Corte de atender solo a las pruebas presentadas por Uruguay, Ecometrix -que es una consultora del Banco Mundial- y la DINAMA -que es el organismo ambiental uruguayo-, soslayando las que provienen de Argentina merece nuestra crítica y rechazo. Sin embargo, se admitió la presencia de sustancias y hechos puntuales que contaminan.Quinto: el fallo no soluciona el conflicto y la Asamblea resolverá como continúa la lucha para lograr que se reconozca que Botnia contamina y que su ilegalidad es suficiente para que se vaya de la cuenca del río Uruguay.Sexto: destacamos que la ilegalidad de Botnia confirma que la lucha de la Asamblea Ambiental es justa, legítima y noble y que seguirá con más fortaleza que nunca". 
 Después de la lectura del documento, el Grupo Técnico y Legal respondió a la prensa.-El fallo determina que la CARU haga un monitoreo conjunto. ¿Este es el paso anterior para demostrar la contaminación?El fallo le dio una gran relevancia al papel que debió haber tenido la CARU y no la tuvo por la acción de Uruguay que la eludió permanentemente. Y nuevamente pone en valor a ese organismo internacional que es la Comisión Administradora del Río Uruguay. Sin dudas le está otorgando un papel muy importante con los tiempos que vienen para generar pruebas que demuestren que esa empresa es contaminante.
- La violación del Estatuto del Río Uruguay y el funcionamiento de Botnia parece como algo incompatible para esta comunidad. ¿Cómo se entiende en la lógica jurídica que no exista sanción para quien ha incumplido con un tratado internacional?
Fabián Moreno Navarro: ese es un tema que nos preocupa, creemos que el fallo en ese sentido carece de coherencia interna. No puede ser que aquello que es ilegal se mantenga. Si un proceso de construcción se ha hecho sobre un curso binacional que es compartido, faltando a los deberes de información y consulta previa, creemos que el resultado final está viciado. Y es lo que a nosotros nos lleva a seguir reclamando. Aquello que es ilegal legitima el reclamo de la Asamblea y nos obliga a ver de qué forma seguimos con nuestro planteo legítimo.
- Vista la disconformidad respecto de la comunidad de Gualeguaychú y de la Asamblea respecto del fallo de La Haya ¿qué otra instancia jurídica existe para comprobar la contaminación y la violación al Estatuto del Río Uruguay que no sea La Haya?
Ana Angelini: el fallo posterior a seguir acá sería ante el Tribunal internacional de La Haya una vez constatado -con el monitoreo que se propone- que se da la contaminación en las aguas. De cualquier manera, podemos recurrir ante tribunales de Derechos Humanos o europeos para poder demostrar lo que estamos sosteniendo. Esta sanción que se ha dado -simbólica ante la violación de un tratado- realmente resulta una agresión para la lucha de Gualeguaychú.
- ¿Ustedes consideraron de que se habló de Licencia Social?
A. A.: entendemos que la Licencia Social fue un aspecto que no fue tocado por la Corte Internacional de La Haya. La única Licencia Social que se consideró fue la de la localidad de Fray Bentos cuando habló de la audiencia pública que se había llevado a cabo en Fray Bentos. Y de algunos informes que se produjeron con 200 entrevistas hechas a ciudadanos que no se aclararon de donde eran. La Licencia Social de Argentina no fue tomada en cuenta.
- Si bien no se puede apelar el fallo ante La Haya ¿existe la posibilidad de pedir la revisión?Luis Leissa: no es que se solicite una revisión, lo que queda ahora ante el fallo del Tribunal Internacional de Justicia es establecer mecanismos que tienen que ver con una especie de aclaratoria, interpretación. Lo que le podemos pedir al Estado argentino que ante nuevos estados de contaminación, como la propia Corte Internacional de Justicia entendió que existían, es que volvamos a replantear la controversia ante Corte Internacional de Justicia de La Haya.Con respecto a lo que son las causas que se están tramitando por separado como en la Justicia Federal de Concepción del Uruguay, vamos a pedir ahora -que se ha levantado este famoso velo de la confidencialidad- que se incorporen todas las pruebas que tiene Argentina porque creemos que ahí también hay que denunciar esta nueva violación que la República Oriental ha hecho. Uruguay no solo violó el Estatuto, también se ha bloqueado jurídicamente y ha violado el protocolo de San Luis al impedir que el juez federal de Concepción del Uruguay acceda a pruebas, a expedientes que están en el Uruguay y que por el protocolo de San Luis están obligados a suministrar.
Demostrar la fortaleza"La marcha del domingo 25 tiene que significar un nuevo punto de partida para la lucha de Gualeguaychú", dijo el intendente Juan José Bahillo, "tenemos un gran desafío por delante y es comprobar que Botnia sí contamina, por eso este fallo de La Haya, que nos dio la mitad de la alegría esperada, tiene que ser motivo de unión, de mayor compromiso; ese es el desafío que tenemos para que finalmente alcancemos el objetivo de todos y es que la pastera se retire de la cuenca del Río Uruguay".Acotó que "la sentencia cumplió en parte con lo que Gualeguaychú pidió y es que el Uruguay violó claramente el tratado de río compartido". Agregó: "ha sido la demostración de un pueblo convencido de sus ideales, que obligó a quienes tenemos responsabilidades institucionales a pensar, repensar y actuar sobre la cuestión ambiental. Llegar a La Haya no es cuestión común ni de todos los días y eso hay que valorarlo".Reiteró que la marche "nos debe encontrar a todos unidos, demostrando más que nunca, y una vez más, la fortaleza de la gente y que nada nos hará claudicar".Anunció que el Gobernador Sergio Urribarri invitó a una audiencia para la próxima semana, a integrantes de la Asamblea Ambiental.
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