Aparente renuencia del canciller uruguayo
No termina de aclararse el complicado tema de la controversia con Montevideo por la instalación de una planta de celulosa en la margen izquierda del Río Uruguay, acción que la Corte Internacional de Justicia considero inconsulta. Afortunadamente existen medios para dar luz sobre estos temas.Por Raúl A. Estrada Oyuela*Opinión Está pendiente y no se ha escuchado de fuentes oficiales ninguna novedad sobre la cuestión de las emisiones de gases que la Corte de la Haya no juzgó por considerarse incompetente. El punto, sin embargo, no es menor según indican los estudios publicados sobre la planta de Gunns en Tasmania, Australia, similar en tamaño y tecnología a la causa de nuestros desacuerdos.Pero tampoco se ve claridad temas que acordaron los jefes de Estado en su reunión del 2 de junio en la Estancia Anchorena. Según el comunicado presidencial conjunto, la doctora Fernández de Kirchner y el Señor Mujica acordaron instruir "a sus respectivas delegaciones ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) para que en cuarenta y cinco días acuerden en el seno de dicha Comisión los términos y criterios para la puesta en marcha" de los planes para la "vigilancia para la Planta de Botnia-UPM, conforme a lo establecido en la sentencia" de la Corte y para el "control y prevención de la contaminación del Río Uruguay en el tramo compartido".Se trata de un trabajo que debe hacer la CARU en 45 días para que los presidentes lo consideren dos semanas después. Sin embargo el canciller uruguayo parece tener una interpretación diferente porque al día siguiente de la reunión expresó a El Espectador: "En los próximos 60 días vamos a tener que sentarnos los dos cancilleres, con el fin de ver si tenemos la posibilidad de un trabajo común que nos permita el monitoreo de acuerdo a como lo entendemos uno y otro. Veremos si podemos encontrar un punto medio ya que nosotros tenemos nuestras limitaciones por razones de soberanía, así que habrá que ver hasta donde podemos negociar. Los temas técnicos están todos planteados, incluso los temas técnicos y jurídicos. Todos los estándares ambientales están recogidos y en los que hay que cumplir sabemos cómo hay que cumplirlos, ahora lo que queda es ver como se implementa ese monitoreo....En este momento, para nosotros es un tema de soberanía y nos vamos a mantener firmes al respecto".Claramente el párrafo 281 de la sentencia dice que "Este deber de cooperación se extiende al control y vigilancia de las instalaciones industriales, como la fábrica de Orion (Botnia)" conforme la versión fidedigna del francés ("Cette obligation de coopération s'étend au contrôle et au suivi d'une installation industrielle, telle quel'usine Orion (Botnia)).La renuencia al compromiso contraído por su presidente insinuada por el canciller Almagro, parece olvidar que el artículo 44 del Estatuto del Río Uruguay, aprobado por leyes de ambos países, establece que "cada parte autorizará a la otra a efectuar estudios e investigaciones de carácter científico en su respectiva jurisdicción, siempre que le haya dado aviso previo a través de la Comisión con la adecuada antelación e indicado las características de los estudios e investigaciones a realizarse y las áreas y plazos en que se efectuarán". El mismo artículo añade que "esta autorización sólo podrá ser denegada en circunstancias excepcionales y por períodos limitados".Afortunadamente si esta aparente diferencia se convirtiera en un punto contencioso, podría resolverse mediante el recurso de aclaratoria que prevé el artículo 60 del Estatuto de la Corte y el 98 de sus Reglas de Procedimiento. *Embajador - Presidente de la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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