Aproximación a estrategias de prevención del delito
Desde la recordada e inveterada crisis del año 2001 en adelante, en la República Argentina se ha registrado un aumento de la violencia y la criminalidad.Pablo L. Di Lollo*Por tal motivo, la seguridad pública o seguridad ciudadana como comúnmente se la denomina se ha convertido en uno de los principales temas de preocupación de la sociedad actual, la que ha sido calificada por el sociólogo alemán Ulrich Beck en 1986 como sociedad del riesgo. Aunque los niveles delictivos son diferentes, de una región o subregión a otra y de un país a otro, el miedo al delito se ha extendido como una pandemia no sólo en nuestro país sino por toda América Latina.Ocurre, que la seguridad ciudadana es un fenómeno social complejo, multidimensional y multicausal que debe ser abordado desde diversos aspectos en forma simultánea. La inseguridad, la violencia y el delito no son problemas que solo merecen respuestas de contingencia; en verdad, requieren un tratamiento integral y holístico, de procesos de mediano y largo plazo. Los desafíos son múltiples y complejos. La seguridad ciudadana exige tomar medidas oportunas y eficaces -en especial por parte de los decisores políticos- que permitan remover los obstáculos de carácter estructural y cultural profundamente arraigados en los sistemas de administración del Estado. En ese sentido, la tarea es compleja.Estas oleadas de violencia y delincuencia hacen que, tanto en las pequeñas como en las grandes ciudades, los gobiernos "pongan sus ojos" o definan estrategias que se encuentran enderezadas a combatir los niveles de inseguridad en la población.En dable destacar que en 1994 la Organización de Naciones Unidas -ONU- planteó por primera vez el concepto de seguridad humana. El cual se encuentra inmerso en el paradigma "desarrollo humano sostenible" diseñado por la misma organización a principios de los años 90. A partir de ese momento el concepto de desarrollo humano, comienza a ser entendido como "el proceso de expansión de las capacidades de las personas que amplían sus opciones y oportunidades", lo que hizo explícito que "las personas son la verdadera riqueza de una nación".El Informe sobre Desarrollo Humano de 1994 precisa que: "Al hablar de seguridad ciudadana o seguridad pública hacemos alusión a una dimensión más amplia que la mera supervivencia física. Si la seguridad humana es un componente necesario e inherente del desarrollo humano, la seguridad ciudadana es, a su vez, un elemento intrínseco y esencial de aquella y, por tanto, del desarrollo.La Criminología Crítica -cuya consolidación a partir de la década de los '70 del siglo pasado representa el momento de superación de una perspectiva micro hacia una comprensión macro criminológica en el interior de las ciencias criminales. En este sentido, dos antecedentes teóricos suministran importantes innovaciones a la investigación criminológica: el labeling approach -criminología de la reacción social, teoría del etiquetamiento o etiquetado- y las teorías del conflicto-, redescubre y acentúa que los problemas comúnmente asignados al rubro de la llamada Política Criminal son, en realidad, problemas profundamente atinentes a la construcción de un concepto de democracia. No sólo, por supuesto, de la democracia entendida formalmente, o de manera meramente procesal, sino también, y más específicamente, de la democracia sustancial.El apelativo de "politización", con el que se ha querido deslegitimar esta criminología, que no desestimó la honestidad de autodenominarse una "politología del crimen", no significa, en realidad, sino la mayor de sus virtudes. Mientras otras criminologías proclamaban su neutralidad, y hacían política no haciéndola, ésta, la crítica, descubrió la realidad política de la definición y de la manipulación de la etiqueta "crimen" y, sobre todo, la esencia política del control social.El gran quid de la criminología a través de su historia, pues, aunque no siempre fue reconocido así, ha sido el de sus relaciones, explícitas o implícitas, con un determinado concepto de democracia. Y como toda escuela criminológica de alguna manera es una instancia de política criminal, toda escuela criminológica representa una manera de comprender la democracia. -Así lo sostiene abiertamente Zaffaroni, Eugenio Raúl, en su "Criminología", Bogotá, Ed. Temis, 1988, p. 225-.A través de la historia hemos visto los movimientos que han definidos nuevas formas de relación entre el hombre con el poder -poder que nunca se ve más claramente representado que en las instancias del control penal-, y cómo ello ha generado el desarrollo y la evolución, progresivos por cierto, del pensamiento político. Esa tensión entre hombre y poder, la encontramos hoy, prioritariamente, en el debate internacional, filosófico y jurídico sobre los Derechos Humanos.La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha manifestado diciendo que la construcción de una política sobre seguridad ciudadana debe incorporar los estándares de derechos humanos como guía y a la vez como límite infranqueable para las intervenciones del Estado. Estos se encuentran constituidos por el marco jurídico emanado de los instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, así como por los pronunciamientos y la jurisprudencia de los organismos de contralor que integran los diferentes sistemas de protección. Los estándares establecen orientaciones generales, determinando mínimos de protección que deben ser necesariamente respetados por el Estado. La Comisión reitera que ha recordado a los Estados Miembros en varias oportunidades su obligación de garantizar la seguridad ciudadana y el Estado de Derecho dentro del pleno respeto de los derechos humanos -CIDH, Comunicado de Prensa 18/06 del 17 de mayo de 2006; Comunicado de Prensa 39/06 del 31 de octubre de 2006; y Comunicado de Prensa 36/07, del 20 de julio de 2007-.Es a partir de esta premisa que los Estados Miembros deben definir y llevar adelante las medidas necesarias para garantizar los derechos más vulnerables frente a contextos críticos de altos niveles de violencia y criminalidad -CIDH, Informe Anual 2003, Capítulo IV, párrafo 33-. *Abogado especializado en Derecho Penal
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