Ciudad: condición de ciudadanía
Parece pasar inadvertida la correspondencia que existe entre la ciudad y el concepto de ciudadanía. Nos olvidamos, así, que existe un estrecho vínculo entre ambos fenómenos.El término ciudadano es comúnmente utilizado para nombrar al individuo como sujeto de derechos políticos. Es aquel, por tanto, que interviene en la vida política de su comunidad.Paralelamente, la idea de ciudadanía remite al ejercicio de derechos y obligaciones en tanto miembro de una colectividad. Visto en estos términos, ciudadano trasciende el marco físico o administrativo de un espacio.Es decir, una persona que vive en una población rural será ciudadana, en tanto cuente con derechos políticos, tanto como aquel que vive en la zona urbana, en el marco de una ciudad.Pero la definición de ciudadano, y consecuentemente de ciudadanía, tiene un origen que empalma con la realidad de la ciudad, ya que los derechos políticos se incubaron con la aparición de estos nucleamientos humanos.Fue en el siglo V antes de Cristo, en la ciudad griega de Atenas, donde surgió históricamente la condición ciudadana. En efecto, allí comenzó la democracia, lo que implicaba que el gobierno no era ejercido por un rey o jefe sino por un consejo que era elegido entre los "ciudadanos".Atenas es la cuna de los derechos políticos. Los antiguos griegos denominaban a la ciudad "polis". La palabra "política", justamente, proviene de aquí, y alude al gobierno de la ciudad.La etimología latina ayuda a entender el parentesco estrecho entre ciudad y ciudadano. Eso dice el académico español José Luis Ramírez González, en un artículo de su autoría.Siguiendo al erudito San Isidoro de Sevilla, comenta que con la palabra "civitas" se designa una pluralidad de seres humanos unidos por lazos y debe su nombre al de los ciudadanos ("cives"), es decir a los habitantes de las "urbs".Con la palabra urbs se designa la fábrica o estructura material de la ciudad, mientras que la palabra civitas se refiere a los ciudadanos, no a las piedras.Pero los contemporáneos, aclara el académico, utilizamos la palabra "ciudad" (que es un deriva castellana de la latina civitas), para designar a lo que propiamente debería llamarse "urbe", es decir la parta física y geográfica donde se desarrolla la vida de los ciudadanos.Como sea, la condición de ciudadanía se ha descrito históricamente como la pertenencia a la ciudad, con sus correspondientes derechos y deberes. Aunque esta condición se transfirió en el siglo XIX al Estado-Nación, lo cierto es que primigeniamente estuvo atado a la vida más circunscripta de la ciudad.Si esto es así, se diría que el ejercicio de la ciudadanía se desarrolla primero en la ciudad político-administrativa, en lo que nosotros habitualmente denominados "comuna".El título de ciudadano, con sus derechos y obligaciones, se enmarca por tanto en esta primera comunidad que, ligada al territorio, se constituye tan pronto se trasponen los límites de cada hogar (la ciudad vista por tanto como una colonia de familias).Las preocupaciones ciudadanas son debidas en primer lugar a la ciudad en la que se habita. Un buen ciudadano, por tanto, es aquel que interviene políticamente para mejorar la vida de su ciudad.Es en este último recinto amplio donde tiene lugar la vida pública de los individuos con derechos políticos. La existencia del hombre como un ser político, miembro de la polis, está atada al destino de su ciudad.
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